La Junta cierra el plazo de aportaciones para el decreto que fijará el perfil de los directivos del sector instrumental

El vicepresidente de la Junta de Andalucía, Juan Marín (i), y el consejero de Presidencia, Elías Bendodo (d), en una imagen de archivo.
El vicepresidente de la Junta de Andalucía, Juan Marín (i), y el consejero de Presidencia, Elías Bendodo (d), en una imagen de archivo. - María José López - Europa Press
Europa Press Andalucía
Publicado: lunes, 7 diciembre 2020 9:59

SEVILLA 7 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local ha cerrado el plazo de aportaciones previo a la elaboración del decreto por el que se aprobará el Estatuto del personal laboral que ejerce funciones directivas profesionales en las entidades instrumentales del sector público andaluz.

En concreto, el plazo para presentar aportaciones por correo electrónico concluyó el pasado jueves, 3 de diciembre, tras permanecer abierto desde el 13 de noviembre, según la información publicada por la citada consejería en su página web, consultada por Europa Press.

Al justificar la elaboración de este decreto, la consejería que dirige el vicepresidente de la Junta, Juan Marín, ha explicado que no existe en la actualidad una "regulación específica" sobre esta materia en el ámbito autonómico andaluz, "solo los principios contenidos en el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre".

Por ello, desde la Junta pretenden solucionar con este decreto "la inexistencia de un régimen jurídico específico del personal laboral que ejerce funciones directivas profesionales en las entidades instrumentales del sector público andaluz".

El artículo 13 del citado Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, deja "en manos del legislador estatal y autonómico" el desarrollo del régimen jurídico específico del personal directivo profesional, así como los criterios para determinar su condición.

DESIGNACIÓN "EN BASE A CRITERIOS OBJETIVOS"

Eso sí, según apostilla la Consejería de Regeneración, tras fijar una serie de principios de obligado cumplimiento, como son "la definición de personal directivo como aquel que desarrolla funciones directivas profesionales por las normas específicas de cada Administración" y la "designación en base a criterios objetivos", de forma que ésta "deberá efectuarse con arreglo a principios de mérito, capacidad e idoneidad a través de procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia".

Otros principios de "obligado cumplimiento" que han de seguirse tienen que ver con la evaluación del desempeño; en concreto, "la sujeción del personal directivo a evaluación con arreglo a criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados".

La "no consideración como materia objeto de negociación colectiva, la determinación de sus condiciones de empleo" y "el sometimiento a la relación laboral de carácter especial de alta dirección del personal directivo que tenga la condición de personal laboral" son los otros principios de obligado cumplimiento a los que alude la Consejería que dirige Juan Marín.

"TASAR OBJETIVAMENTE" LA CAUSA DE CESE DE DIRECTIVOS

Para el departamento que encabeza el vicepresidente de la Junta, resulta en consecuencia "necesario y oportuno completar dicho esquema normativo definiendo quiénes se consideran personal directivo profesional, regulando el proceso de selección y provisión de los mismos, el procedimiento para evaluar su desempeño, o tasar objetivamente sus causas de cese, entre otras cuestiones".

Y, en particular, "habida cuenta de las especialidades existentes en el ámbito del personal laboral que ejerce funciones directivas profesionales en las entidades instrumentales del sector público andaluz, se hace necesario una regulación específica que permita garantizar la homogeneidad en el régimen jurídico aplicable a
dicho personal".

De esta manera, el decreto que se ha sometido al trámite de aportaciones previas busca "desarrollar reglamentariamente el artículo 13 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el ámbito concreto del personal laboral que ejerce funciones directivas profesionales en las entidades instrumentales del sector público andaluz".

"AVANCES" EN REGENERACIÓN

El pasado lunes, 30 de noviembre, el vicepresidente Juan Marín aludió a este decreto durante su intervención en la inauguración de las jornadas 'Integridad Pública: Las herramientas para la prevención y represión de la corrupción', organizadas por el Instituto García Oviedo de la Universidad de Sevilla y celebradas de forma telemática.

En ese marco, el también consejero de Regeneración avanzó que 2021 será "un año legislativo en el que verán la luz muchos avances en esta materia que quedarán sellados para el futuro", y se refirió así, en concreto, a la Ley de Evaluación de las Políticas Públicas, la Oficina contra el fraude y la corrupción, el Estatuto que regulará el perfil y la formación de los directivos de los entes instrumentales o la reordenación del sector público andaluz.

Sobre este proyecto de decreto para aprobar el Estatuto del personal laboral que ejerce funciones directivas en las entidades instrumentales, el vicepresidente explicó que determinará la formación y el perfil que deban tener quienes ejerzan estas funciones en el sector público andaluz.

Una regulación específica "que no existe actualmente" y que impondrá "la meritocracia y no la dedocracia" dignificando así "la labor de muchos magníficos profesionales y funcionarios públicos que tienen derecho a acceder a esos puestos sin que ningún partido los designe", según abundó Marín.

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