El parlamentario andaluz de Cs Juan de Dios Sánchez, en una foto de archivo. - CIUDADANOS
SEVILLA 1 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Pleno del Parlamento andaluz debatirá el próximo jueves, 5 de noviembre, la proposición de Ley de Texto Normativo por el que se adoptan medidas en materia de plazos concesionales y se modifica la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, presentada por los grupos Popular y Ciudadanos (Cs).
El texto normativo que se debatirá el jueves, consultado por Europa Press, tiene un artículo único en el que se modifica un artículo y se introducen tres nuevas disposiciones transitorias en la citada Ley 21/2007, así como se incorpora una disposición final que establece la inmediata entrada en vigor de la ley reformada.
En concreto, modifica el artículo 24 de la Ley 21/2007, que pasa a decir que "La ocupación del dominio público portuario con obras o instalaciones fijas, así como cualquier tipo de ocupación por plazo superior a tres años, estará sujeta a concesión. El título de otorgamiento determinará el plazo de la concesión y sus posibles prórrogas, sin que el plazo total pueda exceder de 50 años". También se determina que "el plazo de la concesión será improrrogable", excepto en una serie de supuestos que se detallan en la reforma.
Asimismo, el artículo modificado recoge que, "excepcionalmente, aunque en el título de otorgamiento no se haya previsto la posibilidad de prórroga, en aquellas concesiones de puertos deportivos y de instalaciones en zonas portuarias de uso náutico deportivo destinadas a la prestación del servicio a las embarcaciones deportivas y de ocio, que sean de interés estratégico o relevante para el sistema portuario andaluz o para el desarrollo económico del mismo, cuando la concesionaria se comprometa a llevar a cabo alguna de las actuaciones previstas en los apartados siguientes y concurran razones de interés público de orden económico, social, turístico o estratégico que así lo aconsejen, la Consejería competente en materia de Puertos podrá autorizar prórrogas no previstas en los títulos".
De igual modo, la reforma incluye la introducción en la Ley de Puertos de una disposición transitoria sobre el plazo máximo de las concesiones vigentes a la entrada en vigor de la misma que fueron otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Igualmente, se añade otra disposición transitoria sobre la ampliación, hasta su período inicial del plazo de las concesiones vigentes que fueron otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, y cuyo plazo máximo se ha reducido por aplicación de lo previsto en la disposición transitoria anterior.
Y la tercera disposición transitoria que se añade en esta reforma tiene que ver con el régimen de prórrogas de las concesiones que fueron otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de dicha disposición.
MOTIVACIÓN DE LA REFORMA
En declaraciones a Europa Press, el parlamentario andaluz de Cs Juan de Dios Sánchez ha señalado que las modificaciones planteadas buscan "dotar de seguridad jurídica a las concesionarias portuarias y acabar con lo que venía denominándose el 'efecto 2018', causado por la Ley de Costas de 1988, que generó incertidumbre a todas aquellas concesiones cuyos plazos originales iban más allá de 2018".
Ha destacado además que dichas modificaciones "reflejan las demandas de estas concesionarias, y consiguen homogeneizar los plazos con el resto del Estado español y la UE", por lo que "vamos a conseguir dar tranquilidad jurídica a los inversores para que puedan seguir generando riqueza y puestos de trabajo en Andalucía", según ha valorado.
Además, Sánchez ha puesto de relieve que las modificaciones introducidas se han realizado "con el consenso de todos los grupos parlamentarios y los agentes sociales implicados dentro del sector", y ha concluido que esta nueva ley "pone fin a la incertidumbre generada por la desidia y la dejadez del anterior gobierno".
DICTAMEN
Por su parte, el dictamen de esta iniciativa, consultado por Europa Press, explica que esta modificación de la ley se dicta al amparo del artículo 64.1.5 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, según el cual corresponde a la comunidad autónoma la competencia en puertos de refugio, puertos y aeropuertos deportivos, y, en general, puertos, aeropuertos y helipuertos y demás infraestructuras de transporte en el territorio de Andalucía que no tengan la calificación legal de interés general del Estado.
Con esta modificación legislativa se pretende "regular las concesiones portuarias de competencia autonómica", así como "dotar de una mayor seguridad jurídica a las relaciones jurídicas que se dan en el litoral", ya que el asentamiento de las concesiones portuarias de las comunidades autónomas sobre porciones de dominio público marítimo-terrestre crea "una situación de inseguridad jurídica en cuanto al régimen de plazos que hace necesario clarificar", y que "afecta gravemente a las concesiones portuarias competencia" de la comunidad autónoma.
Así, el dictamen justifica la necesidad de modificar la Ley 21/2007, de 18 de diciembre, de Régimen Jurídico y Económico de los Puertos de Andalucía, para "establecer un marco que otorgue seguridad jurídica a todas las partes implicadas, que incluye, entre otros, a concesionarios, cesionarios de elementos concesionales, relaciones comerciales y laborales".
En esa línea, se subraya en el dictamen la "trascendencia social y económica de la regulación normativa, al existir intereses y derechos afectados de gran importancia cualitativa y cuantitativa que requieren que se clarifique el régimen de plazos y de posibilidades de prórrogas de los mismos de aplicación a dichos títulos", todo ello "respetando el vigente marco regulador del dominio público marítimo-terrestre estatal sobre el que se asientan nuestros puertos".
Además, se pretende aprovechar esta reforma para modificar el plazo en las concesiones demaniales, "elemento esencial para la gestión del sistema portuario andaluz", dado que "las nuevas necesidades de inversión o la competitividad de las ya otorgadas requieren periodos de amortización más largos, que sobrepasan los plazos concesionales de 30 años máximos que la legislación vigente autoriza".
A ello hay que sumar que se ha producido una "homogeneización" de los máximos plazos concesionales portuarios en las autoridades portuarias estatales de toda España con los existentes en los puertos europeos, con el objeto de que el sector portuario nacional esté "en igualdad de condiciones competitivas en el escenario internacional y no sea una debilidad para la captación de inversión privada".
Así, las medidas que, en este sentido, se adoptan en la presente ley van dirigidas, "básicamente", al incremento del plazo de las concesiones demaniales portuarias, elevándolo al límite máximo de 30 o 50 años, y permitir prórrogas extraordinarias a las concesiones de puertos deportivos y de instalaciones en zonas portuarias de uso náutico deportivo destinadas a la prestación del servicio a las embarcaciones deportivas y de ocio, que sean de interés estratégico o relevante para el sistema portuario andaluz o para el desarrollo económico del mismo, cuando la concesionaria se comprometa a llevar a cabo determinadas actuaciones de inversión o aportación económica y concurran razones de interés público de orden económico, social, turístico o estratégico que así lo aconsejen".
Eso "lleva aparejada la necesidad de introducir la correspondiente norma de derecho transitorio, que posibilite a las concesiones otorgadas con anterioridad a la presente modificación acceder a dichas prórrogas, siempre y cuando las mismas cumplan una serie de requisitos", según apostilla el dictamen.