Francisco Javier Guerrero, José Antonio Viera, Antonio Fernández y Juan Márquez, condenados por el caso ERE para los que Anticorrupción pide ingreso inmediato en prisión
Francisco Javier Guerrero, José Antonio Viera, Antonio Fernández y Juan Márquez, condenados por el caso ERE para los que Anticorrupción pide ingreso inmediato en prisión - EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 22 noviembre 2019 18:01

SEVILLA, 22 Nov. (EUROPA PRESS) -

   La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, que juzgó la pieza política del caso ERE, ha dictado este viernes una providencia en la que convoca, a petición de la Fiscalía Anticorrupción, el próximo jueves día 28 de noviembre, a las 10,00 horas, la comparecencia del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal respecto de los exconsejeros de Empleo de la Junta de Andalucía Antonio Fernández y José Antonio Viera y los exdirectores generales de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez, tras su condena a penas de cárcel por prevaricación y malversación.

   Todo ello después de que la Fiscalía Anticorrupción de Sevilla solicitara el pasado miércoles que se celebrara una vista para estudiar su ingreso en prisión.

   Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la comparecencia se celebrará a puerta cerrada, sin presencia de público ni medios de comunicación, y a la misma tienen la obligación de asistir los cuatro acusados con sus respectivos abogados, habiéndose citado al Ministerio Fiscal y también a los letrados del resto de partes personadas en el procedimiento por si, en su caso, quisieran asistir.

   Tanto Antonio Fernández como Francisco Javier Guerrero han sido condenados a siete años, 11 meses y un día de prisión y a 19 años, seis meses y un día de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación, mientras que José Antonio Viera y Juan Márquez fueron condenados por los mismos delitos a siete años y un día de cárcel y 18 años y un día de inhabilitación absoluta.

   La Audiencia de Sevilla ha condenado a Guerrero por el elevado número de convenios particulares que firmó y de ayudas que concedió, "prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido", y el déficit que originó agravado por los pagos cruzados, y por disponer de "los fondos vinculados al programa 31L con fines ajenos al fin público al que estaban destinados y el déficit que originó".

   A Antonio Fernández el tribunal lo condena por "el papel relevante" que desempeñó tanto en la Consejería como en el Consejo Rector del IFA y por la firma del convenio marco de 17 de julio de 2001 impartiendo directrices al que fuera director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero sobre la aplicación del mismo.

   Como presidente del IFA, firmó convenios particulares y tomó
decisiones "tan importantes como la adoptada a partir de la sesión del Consejo Rector de 27 de mayo de 2003 de implantar el criterio de calcular las ayudas sociolaborales por lo que iba a recibir cada trabajador, y no el conjunto, aún cuando se pagase y se firmase el convenio por la totalidad o una parte, con lo cual se evitaba la deliberación y votación en el citado consejo de toda ayuda que superase el 1,2 millones de euros y, consecuentemente, su ratificación por el
Consejo de Gobierno".

   A su vez, el juez destaca en la sentencia que intervino en la aprobación de los proyectos de presupuestos y modificaciones presupuestarias por el Consejo de Gobierno y participó en la toma de decisiones sobre los compromisos de ayudas.

   En cuanto a la malversación, el tribunal lo condena por "el gran número de ayudas que concedió, disponiendo y permitiendo que el director general de Trabajo dispusiera de los fondos vinculados al programa
31L con fines ajenos a su fin público".

   Por su parte, el juez considera que José Antonio Viera impulsó varias modificaciones presupuestarias e igualmente las posteriores que incrementaron los fondos del programa 31L; firmó el convenio marco de 17 de julio de 2001 e introdujo las transferencias de financiación al IFA, así como conoció e intervino en la gestión de ayudas singulares, dando instrucciones al director general de Trabajo para su concesión.

   A su vez, entiende que las actuaciones del condenado al frente del Consejo Rector "denotan una voluntad inequívoca de conceder las ayudas al margen de la legalidad vigente", permitiendo que Guerrero "dispusiera de los fondos vinculados al programa 31L con fines ajenos".

   Al exdirector general de Trabajo Juan Márquez lo condena al considerar probado que en los dos años en los que estuvo en el cargo como director general de Trabajo, desde 2008 a 2010, "siguió concediendo ayudas, utilizando el mismo mecanismo que su antecesor, participó en la elaboración del presupuesto para el año 2009 y en la tramitación de tres modificaciones presupuestarias y también recurrió al uso de los pagos cruzados" y, de igual manera, lo condena por disponer "de los fondos vinculados al programa 31L también con fines ajenos".

40 DÍAS PARA RECURRIR AL SUPREMO

   Asimismo, el tribunal ha dictado este viernes una segunda providencia en la que, a petición de las partes, amplía de cinco a 40 días hábiles el plazo para preparar el correspondiente recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La Sección ha tomado esta decisión dada la complejidad y la extensión de la sentencia, que tiene un total de 1.821 páginas.

   En total, 19 de los 21 ex altos cargos de la Junta de Andalucía enjuiciados han resultado condenados, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, mientras que sólo dos, el exinterventor general de la Junta Manuel Gómez y el exjefe del Gabinete Jurídico Francisco del Río, han sido absueltos de todos los delitos que le imputaba la Fiscalía Anticorrupción.

   Así lo recoge la sentencia que dio a conocer este martes el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial pasado casi un año desde el final del juicio y cerca de nueve desde que la juez Mercedes Alaya iniciase la instrucción de la causa. Al margen de los dos absueltos, diez de los encausados han sido condenados a penas de prisión y nueve sólo a penas de inhabilitación.