Anulada la actualización de 2016 de la autorización ambiental de la cementerá de Alcalá de Guadaíra (Sevilla)

Cementera de Alcalá
Cementera de Alcalá - ARCHIVO

La Junta estima tres de las cuatro alegaciones del recurso de alzada de los ecologistas y anula su propia resolución de 2016

ALCALÁ DE GUADAÍRA (SEVILLA), 4 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha estimado parcialmente un recurso de alzada interpuesto por la asociación Alwadi-Ira/Ecologistas en Acción, contra una resolución emitida en 2016 por la Administración andaluza para la actualización de la autorización ambiental integrada concedida en 2006 a la empresa cementera Portland Valderrivas para su planta de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), dejando finalmente "sin efecto" la mencionada resolución de 2016.

En una resolución emitida por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y recogida por Europa Press, dicho departamento zanja un recurso de alzada formulado en 2017 por Alwadi-Ira/Ecologistas en Acción contra una resolución emitida en noviembre de 2016 por la entonces Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante la que se actualizaba para su "adecuación" normativa la autorización ambiental integrada (AAI) concedida en 2006 por la Administración andaluza a Portland Valderrivas para su factoría cementera de Alcalá.

En concreto, mientras dicha "adecuación" normativa derivaba de la aplicación de la directiva 2010/75/CE, los ecologistas avisaban de que la propia actualización de la autorización ambiental integrada incumplía la directriz 2010/75/UE "en cuanto a las medidas a tomar (en la planta) en condiciones de funcionamiento diferentes a las normales", siendo además "contradictoria con las determinaciones de la modificación de oficio" de dicha autorización aprobada pocos meses antes del nuevo procedimiento, en lo que se refiere a las "condiciones anómalas".

MÁS "INCUMPLIMIENTOS"

Además, los ecologistas alegaban que "la actualización de la autorización ambiental integrada incumple la directiva 2010/75/11E en cuanto a los valores límite de emisión cuando incinere residuos" y "es opaca en cuanto a las medidas a tomar en situaciones de avería o funcionamiento anómalo y en las condiciones impuestas para el cumplimiento del principio de jerarquía de los residuos".

Tras estimar tres de estas alegaciones y desechar sólo la tercera, relativa a los valores límite de emisión en la incineración de residuos, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible declara que el conjunto del recurso de alzada ha sido estimado "parcialmente", determinando en cualquier caso "dejar sin efecto el acto recurrido", es decir la resolución de noviembre de 2016 correspondiente a la actualización de la autorización ambiental integrada de esta industria.

Y es que por ejemplo ante la primera alegación, en la que los ecologistas avisaban de que "las medidas a tomar" en la planta "en condiciones de funcionamiento diferentes a las normales" contravenían los preceptos de la directiva 2010/75/UE "sobre las emisiones industriales", los informes técnicos de la Junta consideran "acertados los argumentos aportados" por los recurrentes.