CCOO ve insuficiente el cambio de la Ley de Función Pública "por no incluir todos los servicios previos" y CSIF lo apoya

Actualizado: jueves, 18 febrero 2016 18:38

SEVILLA, 18 Feb. (EUROPA PRESS) -

El sindicato CCOO-A considera "insuficiente" la modificación de la Ley 6/1985 de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, propuesta por la Junta "por no reconocer todos los servicios previos", mientras que CSIF-A señala su apoyo a la modificación de la Ley "por ser la única solución posible para resolver, cuanto antes, el concurso de méritos".

Ambos sindicatos han comparecido en comisión parlamentaria para
analizar la tramitación de la proposición de Ley por la que se modifican determinados artículos de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.

En una nota, CCOO entiende que la modificación "se queda corta" para acabar con el problema del reconocimiento de la "antigüedad" y "el trabajo desarrollado" en los distintos procesos de cobertura de puestos.

El sindicato considera necesario avanzar hacia un sistema de concurso abierto y permanente y pide que para valorar la antigüedad a efectos de méritos en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo y de promoción interna se computen los servicios realizados como funcionario o funcionaria de carrera, así como los servicios previos prestados, en los términos establecidos en la Ley 70/1978, y así se refleje en la norma.

Ha indicado, en referencia al reconocimiento de la "antigüedad" y "el trabajo desarrollado", que la modificación actualmente propuesta de la Ley 6/1985 y ante la que comparece el sindicato puede inducir a pensar que la norma "se desvía" del principio de igualdad de trato y no discriminación contemplado como principio rector en el Derecho de la Unión Europea al diferenciar la antigüedad según la modalidad de contratación que haya tenido la persona".

Ante ello, el sindicato ha propuesto en su comparecencia que se modifiquen los dos apartados de la Ley 6/1985 que hacen referencia a la valoración de la antigüedad a efectos de méritos en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo y de promoción interna, para que se computen los servicios prestados como funcionario o funcionaria de carrera, así como los servicios previos prestados, en los términos establecidos en la Ley 70/1978.

El sindicato ha recordado que "CCOO lleva años defendiendo y reclamando la necesidad de una modificación en esta Ley pero entendemos que la que se propone actualmente es insuficiente para concluir, con las máximas garantías de legalidad y transparencia, este luctuoso episodio". En ese sentido, la central ha explicado que el sindicato sigue demandando que la norma permita el reconocimiento de los derechos del personal que conviven en la Administración de la Junta de Andalucía.

Por otra parte, CCOO ha saludado el compromiso adquirido por la Administración andaluza, a través de la directora general de Recursos Humanos y Función Pública, en la Mesa Sectorial de noviembre de 2015, de retomar las negociaciones para adaptar el decreto 2/2002, por el que se regulan el baremo y el procedimiento del concurso de provisión de puestos.

"Para poder llevar a cabo procedimientos de provisión de puestos más ajustados y ágiles, es conveniente actualizar otros apartados del baremo de los concursos de méritos, así como el procedimiento de los mismos, evolucionando hacia un sistema de concurso abierto y permanente", ha remarcado el sindicato.

Por su parte, CSIF-A ha señalado su apoyo a la modificación de los artículos 26 y 37 de la Ley 6/1985 de Función Pública de la Administración de la Junta de Andalucía que se debate en la Comisión de Hacienda y Administración Pública del Parlamento de Andalucía "por ser la única solución posible para resolver, cuanto antes, el concurso de méritos del personal funcionario de la Junta de Andalucía".

En una nota, el secretario de Acción Sindical de CSIF-A, Joaquín Álvarez, indicó en su comparecencia que "la directiva europea no dice cómo debe igualarse el tiempo de servicio de los funcionarios de carrera y el de los interinos. Entendemos que lo justo es que se pondere de manera diferente y que, en las bases del concurso, se establezca que la puntuación que pueda alcanzar el aspirante con el tiempo de servicios prestados a la Administración como interino no puede superar el 30 por ciento de la puntuación total del concurso, de manera que el funcionario de carrera tenga mayor reconocimiento por su desempeño que el funcionario de interinidad".

Así, Álvarez indicó que, "en el desarrollo de la negociación iniciada para la configuración de la Ley del Empleo Público en Andalucía debe contemplar dicho aspecto así como todos los no contenidos hasta el momento en la Ley 6/1985 y en las modificaciones que recoge la Proposición de Ley, atendiendo de esa forma a todas las necesidades y colectivos pendientes de modificación y de desarrollo".

A pesar de mostrar su apoyo a la modificación de artículos que se debatía en comisión, el secretario de Acción Sindical de CSIF-A denunció "el intento de volver a legislar por decreto y sin diálogo los derechos de los empleados públicos. Sus condiciones no son ni moneda de cambio ni arma electoral ni juguetes para debates políticos ni parlamentarios. Los empleados públicos, a pesar de los ataques que han sufrido, han sostenido los Servicios Públicos con tesón, responsabilidad y esfuerzo y sus derechos deben ser sagrados; y esta modificación repone al menos la posibilidad de conciliar la vida laboral y familiar de miles de funcionarios de la Junta de Andalucía".

Por último, indicó que el apoyo de CSIF-A pasa por ser "la única forma de resolver de una vez el concurso, valoramos la modificación de los artículos de la Ley 6/1985, que esperamos que sea la solución para convocar como marca le legislación vigente un concurso de méritos cada seis meses, algo que la Administración se empeña reiteradamente en incumplir a pesar de las denuncias elevadas incluso hasta la Fiscalía por CSIF-A".

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