Archivo - Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla , a 21 de junio de 2022 en Sevilla (Andalucía, España) - Joaquin Corchero - Europa Press - Archivo
SEVILLA 17 Mar. (EUROPA PRESS) -
El jurado popular del juicio promovido contra el joven acusado de asesinar en julio de 2020 a un varón de 58 años en una vivienda de Valencina de la Concepción asestándole 40 puñaladas y contra la pareja sentimental de la víctima, por un presunto delito de encubrimiento del asesinato, ha declarado que ambos, que han reconocido los hechos alegando "trastorno" mental y de personalidad, sólo tenían "levemente" afectada su capacidad de actuar, oponiéndose así a suspender las penas que se les impongan y a que se les proponga para indulto.
Así se ha pronunciado el jurado popular, que ha aprobado por unanimidad todos los puntos de su veredicto de culpabilidad, declarando que José Alejandro P.N., autor confeso del crimen, es "culpable de causar la muerte a golpes e incisiones de arma blanca hasta desangrar" a la víctima, un varón de 58 años conocido como "Pituli", "aprovechando el factor sorpresa y su superioridad física", así como de "ocasionarle un sufrimiento innecesario" y de intentar descuartizar su cadáver.
Además, y siempre por unanimidad, ha declarado a Marta M.D. "culpable" de haber ayudado al autor del crimen a deshacerse del cadáver.
Para José Alejandro P.N., la Fiscalía pedía inicialmente 20 años de prisión por un delito de asesinato y tres meses de cárcel sustituibles por multa por un delito de profanación de cadáver, concurriendo en ambos delitos la atenuante analógica de anomalía o alteración psíquica; pero al admitir una nueva atenuante de consumo de alcohol, redujo la petición de condena a 17 años y medio por el primer delito y dos meses por el segundo.
Empero, dado que finalmente el jurado ha declarado no probado que el citado acusado consumiese alcohol, el fiscal ha modificado de nuevo su petición, solicitando para él 20 años de cárcel por el delito de asesinato y multa por el delito de profanación de cadáver.
En el caso de Marta M.D., para quien la Fiscalía reclamaba 12 meses de cárcel por un delito de encubrimiento del asesinato, con la atenuante analógica de anomalía o alteración psíquica y la atenuante de confesión, la petición de pena ha sido reducida a cinco meses de cárcel, varios de los cuales ya habría cumplido durante los primeros compases de la investigación.
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