M.La Consejería abre las vedas de pesca continental como actividad deportiva en la comunidad

Ejemplares de trucha arco-iris
JUNTA DE ANDALUCÍA
Actualizado: viernes, 11 marzo 2011 13:55

Mantiene la prohibición sobre la anguila europea con el fin de dar cumplimiento a la medidas para la recuperación de la especie

SEVILLA, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Medio Ambiente, administración competente en materia de pesca continental como actividad deportiva, ha abierto la vedas y los períodos hábiles en el ámbito de la comunidad autónoma sobre 18 especies y "siempre que se superen las dimensiones mínimas que se establecen".

De esta manera, según la Orden aparecida en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recogida por Europa Press, las especies como la trucha común, la boga de río y el cacho tendrán que ser soltadas tras su captura, la trucha arco-iris no presenta limitación alguna, al igual que el black-bass, el pez sol, el cangrejo Rojo y el lucio. Por su parte, la carpa tendrá que contar con 18 centímetros de longitud como mínimo, de la misma manera que el barbos. La lubina y la baila tendrán que presentar más 36 centímetros para su pesca, la tenca, 15 centímentros, el carpín, ocho, y la liseta, el albures, el capitán y la platija, 25 centímetros.

Por otro lado, hay que recordar que la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad de Andalucía prevé que el ejercicio de la misma se regule de modo que queden garantizados la conservación y fomento de las especies, y la Ley de la Flora y la Fauna Silvestres tiene entre sus objetivos el fomento y el control de los usos y aprovechamientos ordenados y responsables de las especies silvestres en el marco de un desarrollo sostenible orientado a la mejora del nivel y calidad de vida de la población andaluza. El artículo 57 de esta Ley establece que la actividad de la pesca continental podrá practicarse en tramos de aguas acotadas al efecto o en aguas libres que no se declaren refugios de pesca o reservas ecológicas, con arreglo a las prohibiciones y limitaciones previstas en la citada Ley.

Dada la necesidad de especificar las nuevas características de acotados y de los refugios de pesca, así como de las aguas libres, y fijar las vedas y prohibiciones especiales que regularán la pesca en las aguas continentales de Andalucía, la presenta Orden varia los límites de algunos cotos y refugios de pesca, así como incluye otros de nueva creación.

Por otro lado, resalta que se mantiene la supresión de la anguila de la lista de especies pescables con el fin de dar cumplimiento a normas que regulan la pesca y las demás actividades piscícolas relacionadas con la citada especie por el que se establecen medidas para la recuperación de la anguila europea.

COMERCIALIZACIÓN PROHÍBIDA, SALVO EL CANGREJO ROJO AMERICANO

La Orden específica cotos de pesca, denominación, términos municipales, límites superior e inferior, especie o género, sin muerte o intensivo, período hábil, cebos autorizados y el cupo de capturas. Asimismo, la Junta apunta que el horario hábil de pesca comienza una hora antes de la salida del sol y termina una hora después de su puesta, subrayando que "se prohíbe la comercialización, directa o indirecta, de las capturas provenientes de la pesca deportiva, siendo únicamente objeto de comercialización los ejemplares de cangrejo rojo americano.

En referencia a la pesca de trucha común y arco-iris en aguas libres, la Orden recoge que el período hábil es en aguas de alta montaña, desde el segundo domingo de mayo hasta el 30 de septiembre, y en aguas de baja montaña, desde el tercer domingo de marzo hasta el 31 de agosto. Asimismo, indica que el número máximo de capturas de trucha arco-iris en cotos será de seis por pescador y día, no estableciéndose cupo en aguas libres, precisando que para la trucha común sólo podrá pescarse en la modalidad de captura y suelta.

Al hilo de esto, añade que el período hábil de las otras especies pescables será todo el año sin limitación de capturas ni días hábiles, mientras para la pesca de la boga, cacho y barbo será, desde el 1 de mayo al 31 de enero y desde el 1 de julio al 25 de febrero, para las dos últimas especies, respectivamente. El cangrejo rojo en la provincia de Granada únicamente se podrá pescar en los embalses de Beznar, Colomera y Cubillas.

Con respecto al barbo, destaca que el número máximo de capturas será de diez ejemplares por pescador y día. La Consejería de Medio Ambiente establece que las únicas artes autorizadas para el ejercicio de la pesca continental son la caña para la captura de peces y el retel para el cangrejo rojo, siendo sólo aceptado el uso de una caña para los salmónidos y dos cañas para los ciprínidos y resto de especies en todos los embalses y hasta ocho reteles para el cangrejo.

Los cebos se clasifican, según la Orden, en naturales (cereales, leguminosas, patata cocida, lombriz, asticot y masilla, y resto de animales para el cangrejo rojo), artificiales (cucharilla, mosca, imitaciones de peces y vinilos) y artificiales sin muerte.

La Consejería, del mismo modo, prohíbe el uso de luces artificiales, ondas sonoras y todo tipo de aparatos de localización, seguimiento o inmovilización de los peces salvo los aparatos de localización de obstáculos inmersos en el agua, así como arrojar o incorporar a las aguas productos con la finalidad de atraer o inmovilizar a los peces para facilitar su captura.

CAMPEONATOS OFICIALES

En el caso de campeonatos oficiales de la Federación Andaluza de Pesca Deportiva y en entrenamientos de pescadores federados, aclara que no habrá limitación de capturas. En este sentido, informa de que el ente federativo, antes del 15 de marzo, deberá facilitar a las correspondientes delegaciones provinciales de la Consejería el calendario oficial de campeonatos y competiciones deportivas.

Algunas de las excepciones que recoge la Orden de la Consejería establece que se autoriza la medida mínima de ocho centímetros para especies pescables sólo en el caso de pesca sin muerte, en las competiciones oficiales y en los entrenamientos que organice la federacion. Asimismo, por motivos de investigación, inventario de poblaciones y repoblación, y para la adecuada gestión de la pesca continental, se podrá autorizar la pesca con red, la eléctrica u otro método que lo justifique.

Por otro lado, se autoriza la pesca del cangrejo rojo americano con nasa cangrejera en algunos cursos y aguas de las provincias de Córdoba, Huelva, Sevilla y Málaga. Del mismo modo, en el estuario del Guadalquivir y sus marismas, aguas abajo de la presa de Alcalá del Río hasta el Caño del Yeso, por sus características especiales donde se mezcla el agua dulce del río con la salada del mar y para asegurar la conservación de las especies y el particular ecosistema, se restringen las artes de pesca a la nasa holandesa y cangrejera, trasmallo y tarraya, según la Orden, que entra en vigor este viernes, que aparecen en el BOJA, recogida por Europa Press.

Por otro lado, prohíbe la pesca para todas las especies en los embalses de Bermejales e Iznájar, y en el tramo del río Genil comprendido entre la desembocadura del río Cacín en el Genil y hasta la desembocadura de este en el Guadalquivir.