Sevilla.-Tribunales.- El TSJA aumenta a dos años y medio de prisión la condena del autor del crimen de Los Bermejales

Actualizado: lunes, 13 marzo 2006 15:23

GRANADA, 13 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha aumentado la pena de nueve meses a dos años y medio de prisión para el acusado del crimen de Los Bermejales en Sevilla, J.P.B.G., condenado por un delito de homicidio por imprudencia grave, al estimar la Sala parcialmente los recursos de apelación presentados por el ministerio fiscal, la acusación particular y la defensa y revocar el fallo al considerar al acusado autor de un delito de homicidio doloso.

Según la sentencia a la que tuvo acceso hoy Europa Press, la Sala de lo Civil y Penal del Alto Tribunal andaluz consideró a J.P.B.G. autor de un delito de homicidio doloso con la concurrencia de un error vencible de prohibición determinante de legítima defensa putativa y la circunstancia eximente incompleta de miedo insuperable, así como la atenuante de confesión.

El resto de pronunciamientos de la sentencia, el pago de las costas procesales por parte del acusado, así como el comiso de la escopeta y de las armas intervenidas en el lugar de los hechos --dos navajas y un gato de coche-- y el pago en concepto indemnizatorio de 191.780,25 euros a los familiares del fallecido --un total de 65.216,87 euros para la viuda, 27.173,69 euros para cada uno de los dos hijos menores del matrimonio y 3.500 euros para cada padre del fallecido-- fueron confirmados.

Los hechos, juzgados en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla con un jurado popular, ocurrieron en la noche del 6 de julio de 2004 cuando el acusado mató de un disparo de escopeta a F.I.S., que junto a otros dos acompañantes, había ido a buscar al procesado a un bar de la barriada sevillana de Los Bermejales para "pedirle explicaciones" por una discusión anterior.

El TSJA ha suprimido del relato de hechos que consideró probados la Audiencia de Sevilla el que el acusado salió de su bar portando la escopeta de caza y realizó un disparo "sin intención de matar" que alcanzó a F.I.S., que se encontraba a seis metros y le causó la muerte.

La víctima era uno de los acompañantes de I.A.M., que tras una serie de llamadas telefónicas amenazantes se presentó el citado día en compañía de otras dos personas portando armas blancas y buscando al padre de la chica de la que había contraído con él una deuda de 300 euros por droga, origen del conflicto.

"El error vencible de prohibición no parece a la Sala", según la sentencia, como para merecer la atenuación en más de un grado de la condena. Asimismo, la atenuante de confesar la infracción le concede "muy escasa relevancia penalógica" por cuanto la confesión se produjo una vez que la fuerza pública comenzó su intervención y "apenas resultó útil para la investigación".

La eximente incompleta de "miedo insuperable" sí aparece a la Sala como cualificada, por la "enorme tensión que debió producirse en el ámbito del acusado", al entender tres de los nueve jurados que "el temor por él sufrido no sólo limitaba gravemente, sino que anulaba sus capacidades intelectivas y volitivas".

En consecuencia, el carácter cualificado de esta circunstancia, junto con la apreciación de la confesión de la infracción de las autoridades, "justifica la rebaja de otro grado más y la imposición de la pena mínima dentro de esa segunda degradación", lo que comporta la pena para el condenado de dos años y seis meses de prisión.