EL CUERVO DE SEVILLA, 22 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de El Cuervo de Sevilla, gobernado por Juan Garrido (IU-CA), recurrirá el fallo del Juzgado de lo Social número ocho que, junto a la a la tercera teniente de alcalde y edil de Tercera Edad, Género, Juventud, Salud, Inmigrantes y Discapacitados, María Inmaculada Cordero, le condena a cesar su "actitud acosante" sobre una psicóloga del área de Servicios Sociales, a la que habrán de indemnizar con 11.970 euros por la "vulneración" de sus derechos a la integridad física y moral.
Fuentes municipales informaron a Europa Press de que el alcalde se reunió hoy con los miembros del Gobierno municipal precisamente para analizar la sentencia, susceptible de recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Al término de la reunión, Juan Garrido dijo a Europa Press que aunque respeta el fallo, que cree "vulnerados" los derechos a la integridad física y moral de esta trabajadora, la sentencia será recurrida hasta agotar todas las posibilidades.
A tal efecto, negó que desde el Ayuntamiento se haya "acosado" a la psicóloga municipal porque siempre ha tratado "de buena fe" a la plantilla del Consistorio, si bien recordó la obligación de la autoridad de exigir "responsabilidad" a los empleados por lo que a sus funciones se refiere. De tal manera, admitió que la denunciante "se haya sentido lastimada en sus derechos", pero negó que los hechos obedezcan a un "acoso" y consideró que el Consistorio ha sufrido "indefensión" a la hora del procedimiento judicial.
LA SENTENCIA
El fallo, recogido por Europa Press, rememora que esta psicóloga del Ayuntamiento y una educadora social, igualmente, elevaron una demanda ante el Juzgado de lo Social número diez como consecuencia de la rebaja de su jornada laboral de 35 a 26,15 horas con la consiguiente reducción de sus salarios, toda vez que se trataba de "las únicas trabajadoras" afectadas por este recorte de jornada laboral aplicado por el Consistorio, finalmente condenado en octubre de 2009 por sentencia firme a reponer las condiciones laborales de las demandantes.
En paralelo, recoge la sentencia del Juzgado de lo Social número ocho que desde la incorporación de María Inmaculada Cordero Pérez a sus responsabilidades de gobierno tras las elecciones municipales de 2007, ha emitido "juicios de valor negativos" sobre el trabajo de la psicóloga del Ayuntamiento, además de "sustraerle tareas que le eran propias" y de dejar de convocar "reuniones a las que era precisa su asistencia". Este extremo, según los hechos probados, era conocido por el alcalde, quien no impulsó "medida alguna para evitar" la "merma de la calidad laboral" de la trabajadora y el "perjuicio para la salud" que sufría.
De hecho, el 9 de marzo de 2009 la psicóloga causó baja por contingencias comunes, --situación que hoy día mantiene--, al sufrir "llanto incontenido, trastornos de concentración, taquicardias, elevada ansiedad y autoestima muy baja". Dado el caso, le fue diagnosticado un trastorno adaptativo mixto con síntomas ansioso y depresivos siendo el causante del mismo "el componente laboral".
Tras el juicio, el Juzgado de lo Social número ocho declara "vulnerado" el derecho de esta trabajadora a la integridad física y moral y condena al Ayuntamiento y a la concejal María Inmaculada Cordero Pérez (IU-CA) a cesar la "actitud acosante" sobre la demandante, a la que tendrán que indemnizar con 11.970 euros.