EL BOPA publica la convocatoria de subvenciones para que los ayuntamientos mejoren sus áreas industriales consolidadas

Polígono del Espíritu Santo, industria, industrial
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 25 febrero 2015 11:12

OVIEDO, 25 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado este miércoles la convocatoria de subvenciones para que los ayuntamientos mejoren sus áreas industriales consolidadas. Las subvenciones se podrán solicitar a partir de este jueves y hasta el 26 de marzo.

En el texto, consultado por Europa Press, el Principado aprueba la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones para el ejercicio 2015, al amparo de las bases aprobadas por Resolución de 10 de marzo de 2014, de la Consejería de Economía y Empleo.

El objeto de esta convocatoria es la concesión de subvenciones, por parte del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (IDEPA), a ayuntamientos, para actuaciones que supongan la adecuación progresiva de las infraestructuras y servicios ofrecidos por las áreas industriales consolidadas asturianas -- ámbito ya urbanizado constituido por un grupo de parcelas de uso industrial-- a las necesidades concretas de los usuarios de las mismas y de las empresas en ellas instaladas.

Para ello se procederá a la puesta en marcha o mejora sustancial de los servicios de que disponen los polígonos asturianos, sus equipamientos, infraestructuras y zonas comunes, sus sistemas de gestión y el nivel de participación empresarial.

La cuantía total máxima de las ayudas asciende a 200.000 euros, cuantía que ya ha sido autorizada con cargo al presupuesto del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias por la Resolución del Presidente del IDEPA de fecha 17 de febrero de 2015.

Esto supone, de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras, que cada una de las subvenciones a conceder tendrá como límite individual máximo por beneficiario y año 50.000,00 euros.

Excepcionalmente, podrá fijarse una cuantía adicional por importe máximo de 50.000 euros cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de la aprobación de una nueva convocatoria, cuando se hayan reconocido o liquidado obligaciones derivadas de convocatorias anteriores por importe inferior a la subvención concedida, siempre que se trate de convocatorias con cargo a los mismos créditos presupuestarios, o bien cuando se hubiese incrementado el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.

La aplicación de la cuantía adicional quedará condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito y previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

Los consistorios que cumplan con los requisitos podrán presentar sus solicitudes de manera presencial o telemática. La resolución del procedimiento de cada convocatoria de ayudas será dictada por el Presidente del IDEPA en un plazo máximo para resolver y notificar la resolución de seis meses a partir del fin de plazo de presentar solicitudes.