Una juez anula la construcción del Tanatorio en Valtravieso (Valdés)

OVIEDO, 10 (EUROPA PRESS)

La Magistrada-Juez del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Oviedo, Pilar Martínez Ceyanes, ha anulado el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento de Valdés de fecha 16 de diciembre de 2014 de aprobación definitiva del Estudio de Implantación de edificio destinado a Tanatorio en la localidad de Valtravieso por falta de un informe vinculante de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC)necesario para su construcción.

Así, la juez estima el recurso contencioso-administrativo formulado por nueve recurrentes asistidos por el letrado Jorge García Gómez, "contra el acuerdo adoptado en el Ayuntamiento de Valdés de fecha 16 de diciembre de 2014 de aprobación definitiva del Estudio de Implantación de edificio destinado a Tanatorio, el que se anula por no ser conforme a derecho". La parte demandada el Ayuntamiento de Valdés y como codemandada está Funerarias del Occidente del Principado de Asturias.

Esta sentencia no es firme y cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en el plazo de 15 días.

La juez considera que "el Acuerdo de la CUOTA de 20 de julio de 2006 de aprobación del Plan General de Ordenación (PGO) establecía la obligación de dar cumplimiento a una serie de condiciones y entre ellas, "la prohibición del vertido directo o indirecto de aguas y de productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización administrativa. Los vertidos de aguas residuales requerirán, por tanto, la previa autorización del organismo de cuenca...".

"No se trata, por tanto, de atribuir al PGOU un vicio de nulidad que hubiera de ser formulado por la vía indirecta establecida en el artículo 26 LRJCA sino de considerar que, dada la falta de cumplimiento de este requisito, dicho Plan no desplegaba eficacia para amparar el Estudio de Implantación", sostiene el fallo judicial.

El Ayuntamientro de Valdés en ningún momento llegó a solicitar el citado informe a la CHC y en su lugar presentó una factura emitida por la concesionaria del servicio de agua que "carece absolutamente de facultades para acreditar la disponibilidad de recursos hídricos".