Padres de niño muerto maleta en Oviedo
EUROPA PRESS

OVIEDO, 2 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Jurado Popular ha declarado este jueves a David F. y a Fadila C. culpables del asesinato del niño Imran, cuyo cadáver fue hallado en el interior de una maleta en un apeadero de tren del barrio de La Argañosa de Oviedo en 2014. Fadila, la madre del menor, ha sido condenada de asesinato por omisión, mientras que David F. como autor de la muerte del pequeño. El jurado no ha tenido en cuenta ningún atenuante.

Los miembros del jurado con 8 votos a favor y uno en contra, han entendido que David F. es culpable de asesinar al niño, con alevosía y ensañamiento, y también culpable de maltrato habitual, de delito de lesiones y de profanación del cadáver.

Por su parte, encuentran a Fadila C., por unanimidad, culpable del delito de asesinato por omisión, ya que era la persona que tenía la obligación de cuidar y proteger a su hijo, y también la condenan por los delitos de maltrato, lesiones y profanación del cadáver.

El jurado entiende que Fadila C. mintió en su declaración en la vista oral y que mantuvo un relato con contradiciones. Entienden que el niño con la pierna rota tuvo que sufrir mucho y expresar su dolor hasta su muerte, por lo que consideran a Fadila C. complice del asesinato de su hijo.

La Magistrada-Juez de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Asturias redactará en unos días la sentencia en la que fijará las condenas de los acusados en base al veredicto del jurado.

El fiscal Tomás Álvarez-Buylla solicitaba inicialmente en su escrito de acusación, para cada uno de ellos, la pena de 33 años y 5 meses de prisión, pide la misma condena tras el veredicto del jurado.

Por su parte, los abogados de la defensa de David F y Fadila C. han manifestado su intención de recurrir la sentencia cuando se haga efectiva al Tribunal Superior de Justicia. "Vamos a estudiar el fallo y seguiremos luchando para que se haga justicia", señalaron los dos letrados.

LOS HECHOS

Ha quedado probado que David F. y Fadila C., que mantenían una relación de afectividad desde el mes de diciembre de 2013, se trasladaron en septiembre de 2014 junto con el hijo biológico de ella (nacido en febrero de 2013), a Oviedo. Al menos durante ese periodo, y en especial el transcurrido en Oviedo en septiembre y octubre de 2014, el acusado David F., de forma habitual, golpeó y maltrató físicamente al menor, hechos que en la mayoría de las ocasiones llevó a cabo en presencia de la acusada, sin que ésta realizase acto alguno para evitar el maltrato o, en su caso, ponerlo en conocimiento de terceros para aminorar o reparar el menoscabo físico que sufría el niño.

Así, en una de las ocasiones le produjo fractura de la primera costilla derecha, por la que el niño no recibió asistencia médica alguna. Durante la primera quincena del mes de octubre de 2014, encontrándose los tres en la vivienda en la que convivían, y sin que conste exactamente el día y la hora, David F., sin motivo justificado alguno, se acercó al menor, a quien le propinó un fuerte puñetazo en una de sus piernas. Esto motivó que el niño sufriese una fractura en la pierna derecha.

Acto seguido le colocó un trapo caliente sobre el muslo, lo que provocó una quemadura en esa zona. La acusada se hallaba presente cuando David F. realizó estos hechos y, pudiendo hacerlo, omitió de forma voluntaria toda ayuda dirigida a auxiliar a su hijo, sin que éste recibiera al menos durante quince días ayuda o auxilio médico o de terceras personas.

Asimismo, en día y hora no determinado, pero comprendido durante la última semana del mes de octubre de 2014, David F. se dirigió a la habitación que ocupaba el menor. El niño estaba despierto y, sin motivo aparente, con claro propósito de causarle la muerte y con el fin de producirle sufrimientos innecesarios, comenzó a bofetearlo en múltiples ocasiones, lo que produjo que el pequeño llorase desesperadamente.

El acusado respondió entonces agarrándolo fuertemente y, al menos en tres ocasiones, lo arrojó violentamente contra la pared, la cama y suelo de la habitación, agrediéndole repetidas veces, dándole diversos puñetazos en el abdomen y otras partes de su cuerpo, lo que le causó lesiones que le provocaron la muerte. En ese momento estaba igualmente presente Fadila C., que, pudiendo auxiliar a su hijo, omitió de modo voluntario toda ayuda.

EN UNA MALETA PEQUEÑA ENVUELTO EN UNA MANTA

Una vez fallecido el niño, ambos acusados y con la finalidad de ocultar su muerte, lo introdujeron en una maleta pequeña envuelto en una manta y lo trasladaron hasta las inmediaciones del apeadero de la Argañosa-Vallobín (Oviedo), donde lo arrojaron y abandonaron entre unos matorrales, con el propósito de deshacerse del cuerpo. El cadáver fue descubierto el 3 de noviembre de 2014.

Posteriormente, y con el fin de lograr su impunidad o entorpecer la labor policial, se trasladaron a León, tras regalar toda la ropa y enseres del menor a terceras personas, que desconocían lo ocurrido. Ambos acusados, tras tener conocimiento de que se hallaban en busca y localización, hicieron una llamada al 112 desde León, sobre las 15,08 horas del 11 de noviembre de 2014. La llamada fue realizada por el acusado, con conocimiento de la acusada.

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