Los Tribunales reconocen el derecho de una trabajadora municipal a conciliar y conservar su horario de 8 a 15

Archivo - Juzgados de Oviedo, Audiencia Provincial, Juzgados de lo Penal, Registro Civil, Fiscalía del Principado.
Archivo - Juzgados de Oviedo, Audiencia Provincial, Juzgados de lo Penal, Registro Civil, Fiscalía del Principado. - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Asturias
Publicado: jueves, 21 mayo 2026 11:56

   OVIEDO, 21 May. (EUROPA PRESS) -

   El Ayuntamiento de Belmonte de Miranda ha sido condenado por los tribunales de Oviedo a reconocer el derecho de una trabajadora municipal a mantener su jornada laboral de 8.00 a 15.00 horas, tras estimar íntegramente la demanda presentada por la empleada por vulneración de sus derechos de conciliación después de la maternidad, según ha informado CSIF este jueves.

   El caso afecta a una auxiliar de ayuda a domicilio que, tras ser madre, solicitó a comienzos de año conservar el horario que venía realizando antes de su baja por maternidad, con el fin de poder conciliar su vida laboral y familiar y llevar a su bebé a una escuela de 0 a 3 años.

   Según el sindicato, el Ayuntamiento no respondió inicialmente a su solicitud, lo que generó una situación de "indefensión e inseguridad" en la organización de la reincorporación de la trabajadora. Posteriormente, el consistorio comunicó un nuevo horario de 9.00 a 16.00 horas, decisión que fue finalmente impugnada en los tribunales.

   La sentencia, dictada por los juzgados de Oviedo, estima la demanda en su totalidad y reconoce "el derecho de la actora a prestar servicios por cuenta de la parte demandada en horario de 8.00 a 15.00 horas, con las consecuencias inherentes a dicha declaración". El fallo añade además que no cabe recurso contra la resolución.

   Desde CSIF han criticado la actuación del consistorio y han lamentado que un Ayuntamiento del PSOE haya podido vulnerar los derechos de conciliación de una trabajadora, al considerar que únicamente solicitaba mantener su jornada previa.

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