El TSJCyL declara nula la modificación del PRON para la instalación de la estación de esquí en San Glorio

Actualizado: jueves, 26 junio 2008 16:39

Los grupos ecologistas solicitan a las Cortes y a la Junta de Castilla y León que retire su apoyo a este proyecto SANTANDER, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha vuelto a dar la razón a los grupos conservacionistas con una nueva sentencia que declara nula la modificación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Regional de Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina. Esta segunda sentencia refuerza la imposibilidad de instalar la estación de esquí en el espacio natural protegido.

En un comunicado remitido hoy, los grupos ecologistas solicitan a las Cortes y a la Junta de Castilla y León que retire su apoyo a este proyecto y elabore un plan de desarrollo sostenible que garantice la mejora de las comarcas cantábricas.

En virtud del recurso presentado por la Fundación Oso Pardo (FOP), el Fondo para la Protección de Animales Salvajes (FAPAS), SEO-BirdLife y WWF-Adena, la nueva sentencia ratifica los argumentos de la primera, instada por ARCA, que establecía que la Junta de Castilla y León debería haber justificado por qué, cinco años después de aprobar un PORN que consideraba "incompatible" la conservación de los valores naturales del espacio protegido con la práctica del esquí, aprueba una modificación en que permite las estaciones de este deporte.

En concreto, explicaron la asociaciones, el Tribunal Superior de Justicia considera que "no han variado suficientemente" las circunstancias medioambientales desde la redacción del PORN, y que este espacio tiene "un carácter excepcional desde el punto de vista geomorfológico, paisajístico y biológico", contando con numerosas especies protegidas.

Además, indica que el "objetivo prioritario" de un espacio natural y su PORN debe ser el conservar sus valores naturales y que la Junta de Castilla y León "no ha cumplido los requisitos formales exigidos por la normativa autonómica y europea al no evaluar el impacto que conlleva la modificación del PORN".

Una de las consecuencias de esta resolución judicial es que, al anular en su integridad las modificaciones del PORN de la Montaña Palentina, impide que las directrices de ordenación de ámbito subregional para la Montaña Cantábrica Central de la Junta de Castilla y León puedan incluir la construcción de la estación de esquí.

Los grupos firmantes pidieron a las Cortes de Castilla y León y al Ejecutivo autonómico que retire de una vez su apoyo al proyecto de estación de esquí de San Glorio, "por inviable económicamente" y por tener "un alto impacto ambiental en un lugar protegido con numerosas especies de fauna y flora amenazadas".

Además, estiman que es necesario conseguir que en esta zona existan unos pueblos "vivos" con una población asentada y con una calidad de vida "acorde" a la del país. Por estas razones, las organizaciones creen que todas las administraciones públicas, incluida la estatal, deben asegurar "con un compromiso firme y una fuerte inversión económica", tanto el desarrollo de la población local como la conservación de los valores naturales, mediante la realización de un Plan de Desarrollo Sostenible en la Montaña Palentina y Leonesa.

"La montaña cantábrica necesita urgentemente un modelo de desarrollo que no se base en actividades incompatibles con la conservación, como con claridad ya han tenido oportunidad de manifestar los tribunales de justicia", concluyeron.