Condenan al concejal de Acap Ricardo Amigo por una falta de injurias a la portavoz del PSOE

Actualizado: viernes, 12 junio 2009 21:44

SANTANDER, 12 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Instrucción número 4 de Santander ha impuesto una multa de 75 euros al concejal de Alternativa Camarguesa Progresista (ACAP), Ricardo Amigo, por una falta de injurias hacia la portavoz del Grupo Municipal Socialista, María Jesús Calva.

En concreto, según relata la sentencia, se considera probado que en el Pleno del 8 de noviembre de 2007, cuando la concejala de la oposición comenzó su intervención, el citado edil, que se encontraba entre el público, la insultó.

En un comunicado, Calva expresó su "total y completa satisfacción" por este fallo. "Esta decisión, sobre la que no cabe recurso, viene a darnos la razón cuando denunciamos los injustificados ataques, insultos e intimidaciones públicas que se produjeron contra mí, al exponer de forma legítima y como Portavoz del Grupo Municipal Socialista, nuestra posición con respecto a la política que se practica desde el Gobierno de ACaP", aseveró.

Para María Jesús Calva, la sentencia pone de manifiesto que "los insultos y los ataques personales con el único objetivo de difamar y desgastar la imagen pública de los que nos dedicamos a trabajar para trasladar las demandas vecinales y las propuestas ideológicas de nuestro partido, sólo son una muestra de impotencia frente a la falta de argumentos, que no sirve en política"

La portavoz del Grupo Socialista aseguró que "como ahora se demuestra, los insultos y las calumnias no salen gratis y son un pésimo ejemplo para la sociedad que confía en nosotros como sus representantes" e incidió en que su Grupo "no dejará de denunciar todos los excesos e irregularidades que observe en el normal funcionamiento de la gestión municipal, pese a los ataques e intimidaciones que puedan producirse por ello".

Esta sentencia supone la respuesta a una apelación que Calva presentó contra un fallo previo del Juzgado de Paz de Camargo en el que se absolvía a Amigo de la falta de injurias, alegando que no estaban reflejados en las actas del pleno.

Ahora el Juzgado de Instrucción número 4 de Santander recuerda que la secretaria del Pleno manifestó que no tuvo constancia de estos hechos por estar de espaldas cuando se produjeron, y señala que al citar incidencias en las actas, se refiere a las deliberaciones.

Además, se considera que hubo un "error notorio" en la valoración de las pruebas, al basarse sólo en las actas plenarias y "ni siquiera mencionar" las declaraciones de dos testigos presenciales.