Constituida la Junta Electoral Provincial de Cantabria para las europeas y autonómicas

Un total de 1.057.636 electores podrá votar en las autonómicas en Murcia
JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo
Publicado: lunes, 8 abril 2019 9:50

Publicadas las normas sobre el horario laboral para facilitar el ejercicio del derecho de voto de los trabajadores el 26 de mayo

SANTANDER, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica este lunes, en una edición extraordinaria, la constitución de la Junta Electoral Provincial de Cantabria para las elecciones al Parlamento Europeo, Locales, al Parlamento de Cantabria y a entidades locales menores del 26 de mayo de 2019.

La Junta Electoral Provincial para los citados comicios está presidida por Bruno Arias Berrioategortua y tiene como vocales a Agustín Alonso Roca y María Almudena Congil, todos ellos magistrados de la Audiencia Provincial.

El delegado provincial de la Oficina del Censo Electoral de Cantabria es Gonzalo Sánchez-Crespo, y actuará de secretario de la Junta Provincial el más antiguo de la Audiencia Provincial, que en esta ocasión es Francisco Javier Herrero.

Por otra parte, el BOC también publica hoy en su edición extraordinaria la orden por la que se dictan normas sobre el horario laboral para facilitar el ejercicio del derecho de voto de los trabajadores el 26 de mayo.

Los trabajadores que presten sus servicios el día de las elecciones podrán disponer
en su horario laboral de hasta cuatro horas libres para el ejercicio del derecho de voto,
que serán retribuidas. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida, se efectuará la correspondiente reducción proporcional del permiso.

Los trabajadores por cuenta ajena nombrados interventores, presidentes o vocales de mesas electorales tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso semanal, y a una reducción de cinco horas
en su jornada de trabajo el día inmediatamente posterior; y lo que sean apoderados, tendrá derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso semanal.

Los que trabajen el 26 de mayo lejos de su domicilio habitual o en condiciones que supongan dificultades para ejercer el derecho de sufragio, tendrán derecho a que se sustituya el permiso citado por un permiso de idéntica naturaleza destinado a formular personalmente la solicitud de certificación acreditativa de su inscripción en el censo.