SANTANDER, 5 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a cuatro años de cárcel por abuso sexual a un joven que mantuvo relaciones sexuales con una menor, de 12 años, con la que había estado bebiendo alcohol momentos antes en un grupo de amigos.
Los hechos ocurrieron en septiembre del año 2006, sobre las diez y media de la noche, cuando la chica, que no quería volver a casa en estado de embriaguez y no tenía dinero para tomar un café, accedió a la oferta del joven de acudir a su casa, que se encontraba cerca, para tomarlo allí.
Según se explica en la sentencia, al llegar a la vivienda el acusado, V.S.R., que tenía entonces 18 años, bajó todas las persianas del piso, en el que no había nadie, y condujo a la chica hasta su habitación.
Una vez allí, propuso a la menor mantener relaciones sexuales, pero la chica se negó alegando que tenía la regla y que además salía con un chico. El acusado respondió entonces que "podían hacer otras cosas" y le pidió que le realizara una felación. En principio la menor se negó pero ante la insistencia del acusado accedió a ello. Y una vez iniciada desistió, tras lo cual el acusado salió de la habitación y la joven abandonó la vivienda.
Aunque la chica sostiene que fue obligada a practicar la felación, la Audiencia no lo aprecia así porque, a su juicio, en tal caso debería haber mediado violencia o intimidación. Pero pese a todo recalca que la conducta del acusado merece reproche penal, entre otras cosas, porque la chica no tenía todavía 13 años, que es la edad a partir de la cual se considera que las relaciones sexuales pueden ser consentidas.
Además, rechaza que el acusado se pretenda escudar en que creía que la chica era mayor de 13 años porque, aunque el resto de jóvenes que estaban en el grupo esa tarde eran mayores de dicha edad, la víctima no presenta un desarrollo físico superior al propio de su edad.
La Audiencia destaca que "el común de las personas sabe que no se debe violentar la libertad sexual de otro imponiéndole un acto sexual no querido" y también es conocido que "no deben practicarse actos sexuales con menores de cierta edad", incluso con su consentimiento.
En este sentido, da la razón a la defensa del acusado en que también se podrían abrir diligencias penales contra el novio de la menor, ya que ella ha reconocido haber mantenido actos similares con él. Pero la Audiencia recalca en su sentencia que eso no resta responsabilidad al acusado en este proceso.
En conclusión, le condena a cuatro años de prisión por abuso sexual y, además, le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la víctima y de su domicilio o comunicarse con ella por un plazo de seis años.
Asimismo, tendrá que pagar las costas del juicio y deberá indemnizar a la menor con 3.000 euros por el daño moral. La indemnizacion se ha fijado teniendo en cuenta que la menor dice tener recuerdos desagradables y recurrentes del suceso, pero no presenta signos de trastorno emocional de carácter significativo.