Un millar de afectados recurren la no admisión de la querella contra los promotores del concierto de Guetta

David Guetta
EUROPA PRESS - Archivo
Publicado: martes, 26 febrero 2019 19:56

Considera que no se ha practicado "diligencia alguna" que permita acreditar los hechos denunciados

SANTANDER, 26 Feb. (EUROPA PRESS) -

Las defensas de un millar de afectados por la no celebración del concierto de David Guetta en Santander han interpuesto un recurso de apelación conjunto por la inadmisión a trámite de la querella contra los promotores del mismo, al considerar que se ha vulnerado la "tutela judicial efectiva" de sus representados.

La querella se interpuso contra la Unión Temporal de Empresas (UTE) La Campa, Delfuego Booking y Heart Gold Producciones, organizadoras de la actuación de Guetta, por supuestos delitos de estafa, apropiación indebida e insolvencia punible, y el juez de instrucción la rechazó al entender que no existen indicios de infracción penal ni pruebas que la sustenten.

El recurso, planteado por los letrados María Antonia Vidal de la Peña y Álvaro Sánchez-Pego, argumenta que la causa se ha sobreseido sin practicar "diligencia alguna" que permita acreditar los hechos denunciados "en toda su plenitud".

De hecho, para los recurrentes, el juez instructor "sabe que los querellados han cometido un delito de estafa" que afectaría "a cientos o miles de personas", al señalar que los hechos no merecen ser objeto de investigación en la medida en que los querellantes "no acreditan inicialmente y desde el primer momento ser algunas de las personas que adquirieron las entradas en ese momento".

Sin embargo, decide archivar el procedimiento porque los compradores de dichas entradas "no pueden acreditar documentalmente el momento" en el que las adquirieron, "sin proceder a practicar diligencia alguna que permita acreditar estos extremos", algo que para los recurrentes es "inadmisible".

"El delito está ahí, se ha cometido, y debe investigarse, con independencia de que los querellantes puedan acreditar desde el principio y de manera plena" ser los que compraron las entrada en taquilla. "Será durante la investigación de los hechos cuando se pueda tomar declaración a los perjudicados y ver quiénes de ellos pueden acreditar con testigos o de cualquier otro modo si forman parte de ese grupo o no", recalca.

Además, considera "relevante" que el propio Ayuntamiento de Santander haya incoado expediente sancionador a los querellados "precisamente por la infracción cometida respecto a los consumidores y usuarios al no haber entregado los tickets de adquisición a los perjudicados".

Por ello, "parece un contrasentido", a juicio de los recurrentes, que una infracción administrativa que refleja el haberse contravenido la ley de consumidores y usuarios, "resulte a ojos del instructor la causa que beneficia a los propios infractores al hacer recaer la carga de la prueba a los propios consumidores, cuando son los querellados quienes han privado de este medio probatorio a los propios querellantes".

De hecho, sostiene el recurso, con facilitar el arqueo de caja o tomar declaración a las vendedoras de la taquillas se sabría el alcance de la estafa cometida en ese momento y el número de perjudicados a los que alcanzó".

APROPIACIÓN INDEBIDA

Con independencia de la estafa, el recurso entiende que respecto a todas las personas que adquirieron las entradas con anterioridad existiría el delito de apropiación indebida, ya que los organizadores del evento, precisamente por la inasistencia del DJ y la devolución d su cachet, "obtuvieron mayores beneficios que en el caso de haberse celebrado el concierto".

Para los recurrentes, la situación de insolvencia de los querellados atribuida a la inasistencia de Guetta "es previa y visto el montante de las deudas acumuladas" de un millón de euros, según algunas informaciones, "ésta no se habría cubierto con la celebración del concierto.

En este sentido, ve "plausible la idea de que ante una situación de insolvencia empresarial, previa e insalvable, los querellados provoquen la incomparecencia del artista para obtener el máximo beneficio posible" de la no celebración del concierto. A su juicio, si se acredita que la causa de la incomparecencia no es atribuible al artista "entonces la teoría de la estafa cobraría la fuerza".

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