Zuloaga convoca a alcaldes para exponerles las ayudas del Estado por inundaciones

Zuloaga visita zonas afectadas por las inundaciones en Cartes
DELEGACIÓN DEL GOBIERNO
Actualizado: domingo, 27 enero 2019 12:37

El encuentro será el viernes, 1 de febrero

SANTANDER, 26 Ene. (EUROPA PRESS) -

El delegado del Gobierno, Pablo Zuloaga, ha convocado a los alcaldes cántabros a una reunión el próximo viernes, 1 de febrero, para exponerles las ayudas estatales que pueden reclamar por las inundaciones y el procedimiento que deben seguir.

Así lo ha anunciado este sábado el delegado del Gobierno en Cantabria, Pablo Zuloaga, durante su visita a la zona afectada por las inundaciones en Cartes, en la que ha estado acompañado por el alcalde, Agustín Molleda.

El delegado del Gobierno ha remitido una misiva a los ayuntamientos en la que convoca a los alcaldes a la reunión y les adelanta ya información sobre las ayudas existentes.

Además, ha recordado que en el Consejo de Ministros celebrado ayer, viernes, se aprobó el Real Decreto-Ley por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.

En esta nueva normativa estatal, que se ha publicado este sábado en el Boletín Oficial del Estado, se detallan nuevas ayudas y subvenciones, como bonificaciones fiscales a empresas y particulares a través de impuestos como el de Bienes Inmuebles (IBI) o Actividades Económicas para aquellas viviendas o establecimientos que se hayan visto evacuadas o cerradas por motivo de las inundaciones.

Se recogen también ayudas especiales previstas para las actividades agrarias afectadas y en atención a la cooperación entre administraciones públicas.

Zuloaga ha señalado que la convocatoria de reunión con los alcaldes es el "primer paso" para que los afectados por las inundaciones puedan solicitar las ayudas estatales que existen para este tipo de situaciones.

El delegado del Gobierno ha opinado que los ayuntamientos, al ser la Administración más cercana al ciudadano, tienen un papel "fundamental" a la hora de facilitar a los afectados la información necesaria para acceder a las ayudas del Estado.

En la misiva, Zuloaga felicita a los ayuntamientos por el trabajo de coordinación de las emergencias y el esfuerzo realizado para hacer frente a las inundaciones y les insta a trabajar ahora en la documentación de ayudas que se puedan tramitar.

AYUDAS DE CARÁCTER GENERAL

En la carta, el delegado ya explica a los ayuntamientos que están vigentes las ayudas, con carácter general, recogidas en el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica y se establece el procedimiento para su concesión.

Estas ayudas se prevén para todas las emergencias sin que se requiera declaración formal o acuerdo expreso alguno por parte de ninguna autoridad administrativa y se conceden en base a un procedimiento general y reglado de tramitación de subvenciones, con expresión de su ámbito de aplicación.

Así, según ha expuesto Zuloaga, los interesados en solicitar estas ayudas disponen de un mes de plazo, a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del hecho causante de la situación de emergencia.

Las Corporaciones Locales pueden solicitar estas subvenciones para cubrir los gastos realizados como consecuencia de "actuaciones inaplazables en situación de emergencia", durante la misma o en los momentos inmediatamente posteriores a su finalización, "siempre que su objeto sea el funcionamiento de los servicios públicos esenciales e imprescindibles para garantizar la vida y seguridad de las personas".

RECLAMACIÓN A LOS SEGUROS

Además, el delegado del Gobierno insta en su misiva a los alcaldes a divulgar entre sus vecinos la importancia de que se pongan en contacto "rápidamente" con sus compañías de seguros para que éstas les periten los daños para que posteriormente puedan reclamarlos.

Así, insiste en que se comunique a los afectados por el temporal y "potencialmente" beneficiarios de las ayudas ordinarias que el plazo para presentar sus solicitudes es de un mes, a contar desde el día siguiente a la finalización del hecho causante de la situación de emergencia.

El consorcio de compensación de seguros, es un entidad pública del Ministerio de Economía y Empresa, que indemnizará los daños a las personas o bienes en base a diferentes requisitos, entre los que se fija el de estar previamente asegurado. Toda la información en consorcioseguros.es

MEDIDAS EXTRAORDINARIAS

En la misiva, Zuloaga aclara que en el ordenamiento jurídico español no existe la figura de zona catastrófica, por lo que, según ha dicho, "carece de efectos en cuanto a la adopción de medidas destinadas a paliar daños producidos por fenómenos naturales adversos".

En este sentido, ha explicado que la nueva normativa de aplicación en estos casos es la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, que prevé una serie de medidas extraordinarias para aquellas emergencias cuya magnitud requiera para su recuperación la intervención de la Administración General del Estado, previa declaración de "zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" por acuerdo del Consejo de Ministros, que incluirá, en todo caso, la delimitación del área afectada y la petición del delegado del Gobierno.

En la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil se valorará que se hayan producido daños personales o materiales derivados de un siniestro que perturbe gravemente las condiciones de vida de la población en un área geográfica determinada o la paralización, como consecuencia del mismo, de todos o algunos de los servicios públicos esenciales.