Agricultura modifica la comercialización y transporte de determinadas especies de peces y cangrejos

Un Pescador.
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 3 mayo 2012 13:02

TOLEDO, 3 May. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Agricultura ha dictado una orden que modifica otra de enero de 2012 sobre vedas de pesca, en lo referido a la comercialización y transporte de algunas especies de peces y cangrejos.

Según publica el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, recientemente, la Sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, por medio de varios autos, ha acordado adoptar la suspensión cautelar --interesada por la Federación Española de Pesca y Casting y por la Asociación Española de Black-Bass respectivamente-- de la vigencia del Real Decreto por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras, en lo que respecta a la inclusión de las especies salvelino y black-bass en el Catálogo y de las especies trucha arco iris y hucho en el Listado.

Dice Agricultura que en base a esta medida cautelar y considerando que los citados autos afectan a las especies trucha arco iris y black-bass, presentes en las aguas de Castilla-La Mancha, no así las especies salvelino y hucho, se considera necesario la modificación de dicha Orden de Vedas de Pesca.

La modificación hace referencia a la comercialización, transporte y otras limitaciones, de tal modo que únicamente podrán comercializarse las especies barbo común y comizo, tenca, boga del Tajo, madrija, madrilla, y anguila.

Asimismo, se permite la comercialización de ejemplares de trucha común, siempre y cuando no hayan sido capturados mediante pesca en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha. En el resto de los casos debe acreditarse su origen legal.

Como medida preventiva para la introducción involuntaria de especies alóctonas acuáticas (mejillón cebra, almeja asiática o moco de roca) se recomienda, antes de introducirlas en aguas diferentes, limpiar, secar y, cuando sea posible, desinfectar cualquier tipo de embarcación, incluidos los 'patos', así como cualquier otro medio utilizado para la pesca y en particular, los denominados rejones, redes, reteles y nasas.

Continúa el departamento de María Luisa Soriano explicando que, en base al Real Decreto por el que se regula el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras, y al objeto de evitar la introducción y fomento de especies exóticas en masas de agua de Castilla- La Mancha, los ejemplares de determinadas especies exóticas que pudiesen capturarse no podrán devolverse a las aguas, recomendando su sacrificio de forma inmediata, excepto cuando se capturen por razones de investigación.

Se trata del cangrejo rojo, lucio, carpín, pez gato negro, percasol, gobio, alburno, lucioperca, cangrejo señal, siluro, gambusia, escardino y pez gato punteado.

TRANSPORTE

El transporte de las especies indicadas anteriormente está prohibido en vivo, y además, para las especies gambusia, lucioperca, alburno, pez gato negro, pez gato punteado, siluro, escardino, cangrejo señal y percasol está prohibido en muerto, debiendo eliminarse como residuo.

Asimismo, Agricultura defiende que con el fin de evitar problemas por acumulación de residuos en zona de pesca, se deberán retirar del medio natural los residuos y basuras derivados de esta actividad, transportándolos preferentemente a los lugares previstos para su recogida en el medio urbano o, en su defecto, hasta un contenedor adecuado a su naturaleza y composición, con capacidad para recibirlos y no deteriorado".

Con carácter excepcional y durante el año 2012, se autoriza la suelta de la especie trucha arco iris en los cotos intensivos con concesión administrativa en vigor, así como el empleo de pez vivo de trucha arco iris como cebo en embalses de Contreras, Alarcón, Bolarque, Buendía, Entrepeñas, Zorita de los Canes y Almoguera.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.