TOLEDO, 23 Mar. (EUROPA PRESS9
El Juzgado Contencioso Administrativo número 3 de Toledo ha estimado el recurso interpuesto por los diputados del Grupo Popular de la Diputación de Toledo contra el Acuerdo del Pleno de la institución provincial por el que se procedió a la designación de una persona como Patrono de la Fundación Caja de Ahorros de Castilla La Mancha (CCM) - , en representación de la Diputación de Toledo, anulando el acuerdo impugnado "al no ser conforme a derecho".
Esta sentencia, de la que se ha dado cuenta este viernes durante la reunión de la Junta de Gobierno de la Diputación de Toledo, presidida por Arturo García-Tizón, da la razón al Grupo Popular, que la pasada legislatura estaba en la oposición, en su recurso del acuerdo del Pleno que aprobaron los diputados socialistas con el voto en contra de los 'populares' en la sesión extraordinaria celebrada en septiembre de 2010.
Los diputados 'populares' pedían en su recurso la suspensión de este acuerdo ilegal, ya que se basaba en unos estatutos distintos a los aprobados por la Asamblea de Caja Castilla La Mancha el día 30 de junio de 2010, en los que se recogía que sería la institución quien ostentara la calidad de Patrono y no una persona física concreta, algo sobradamente conocido por las personas que votaron a favor del mismo.
Además, ha informado la Diputación en nota de prensa, el recurso incidía en que los estatutos no habían sido inscritos, ni la Fundación se había constituido, por lo que no tenían "ninguna validez jurídica, lo que imposibilita que en base a los mismos se pueda celebrar un acuerdo de pleno al suponer un contenido imposible", de manera que, "de no suspenderse el acto hoy recurrido se estará dando cobertura a la realización de actos nulos de pleno derecho que además producirían un perjuicio evidente a la Diputación Provincial de Toledo".
En este sentido, recordaban que "la Administración solo puede obrar en beneficio de la comunidad y no en actuaciones nulas de pleno derecho que pueden dar lugar a responsabilidades de todo tipo incluidas las patrimoniales. Al nombrarse en representación de la Diputación de Toledo como patrono en esa supuesta fundación, esta Institución responderá de las actuaciones realizadas por dicha persona y por tanto de los actos que en fraude de ley o constitutivos de delito pueda realizar y que pudieran ser de innumerable cuantía por la naturaleza del supuesto".