Archivo - El nuevo Secretario General – Letrado Mayor de las Cortes de Castilla y León, Marcos Herrero Martínez-Tutor el día en el que tomó posesión de su cargo - CORTES - Archivo
VALLADOLID 23 May. (EUROPA PRESS) -
El letrado mayor de las Cortes, Marcos Herrero, ha presentado este viernes su dimisión, cuatro días después del auto del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que ordenó a la Mesa del Parlamento reponer en su puesto a la funcionaria que denunció acoso del secretario general.
Según han confirmado a Europa Press fuentes parlamentarias, Marcos Herrero ha presentado su dimisión este viernes y la vacante será cubierta por Edmundo Matía, por ser el letrado de más antigüedad en las Cortes como estipula el estatuto de personal en su artículo 3.
Marcos Herrero tomó posesión de su cargo el 28 de marzo de 2022, tras la constitución de la XI Legislatura y con Carlos Pollán, de Vox, como presidente de las Cortes.
Se da la circunstancia de que en la rueda de prensa posterior a la Junta de Portavoces de ayer David Hierro, portavoz del Grupo Parlamentario Vox, partido que preside las Cortes de Castilla y León, recordó las sentencias están para cumplirlas y consideró que Marcos Herrero debería "recapacitar" sobre si cuatro fallos en contra de decisiones tomadas por él son buenas para la imagen de una institución como el Parlamento autonómico.
También exigieron la dimisión del letrado mayor la portavoz del Grupo Socialista, Patricia Gómez Urbán, y el procurador de Unidas-Podemos, Pablo Fernández, que llegaron a pedir la dimisión del presidente de las Cortes, Carlos Pollán, si no cesaba a Herrero, tras lo que Francisco Igea comparó todo lo sucedido con "basura" y con una "charca de barro".
Por su parte, el portavoz del Grupo Popular, Ricardo Gavilanes, reconoció que su partido no había pedido ni la continuidad ni el cese del letrado mayor por ser una competencia que le corresponde "única y exclusivamente" al presidente de las Cortes, que, según recordó también, fue la persona que nombró a Herrero.
La dimisión de Herrero se ha producido cuatro días después de que el TSJCyL declarara nula de pleno derecho la modificación de la RPT aprobada el 10 de julio de 2024 por la Mesa de las Cortes, que permitía que la Jefatura del Servicio de Gestión Administrativa pudiera ser ocupada por personal de la Escala de Ingeniería, además del Cuerpo Técnico, dando así la razón a la funcionaria que denunció por acoso al secretario general y letrado mayor, Marcos Herrero.
El fallo de la Sección Primera del TSJCyL también anula la convocatoria y adjudicación de ese puesto a un funcionario de la Escala de Ingeniería y ordena la restitución de la funcionaria cesada en su puesto en régimen de adscripción provisional.
La sentencia considera que la modificación de la RPT y la convocatoria posterior se han dictado con la finalidad de eludir el cumplimiento del fallo de la sentencia, que ya había declarado nulo el cese de la funcionaria en mayo de 2022. "No se explica, más allá de que con ello se pretende eludir el cumplimiento de la sentencia", añade el auto que establece que la Mesa de las Cortes es el órgano responsable de la ejecución de la sentencia.
ESTUDIO DE RESPONSABILIDAD PENAL
Además, el tribunal acuerda remitir testimonio de particulares al Juzgado de Instrucción número 4 de Valladolid para que se investigue si los hechos pudieran ser constitutivos de responsabilidad penal. "Constando que existen las Diligencias previas no 1321/2024 del Juzgado de Instrucción no 4 de Valladolid, por hechos relacionados en el presente auto y a efectos de que se pueda dilucidar si se ha incurrido en responsabilidad penal, procede acordar la remisión de testimonio de particulares al referido Juzgado", señala la resolución.
La denunciante ya recurrió en su momento la revocación de su nombramiento por parte del investigado y logró que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCyL en sentencia de fecha 22 de abril de 2024, anulara la misma por entender que, además de haberse dictado por órgano incompetente, sin seguir el procedimiento legalmente establecido y sin motivación y justificación alguna, "vulneró los derechos a la dignidad personal y profesional de la recurrente atendiendo a las circunstancias y modos en que se ha llevado a cabo".
Pero además, la introducción del requisito de dos años de experiencia en el seno de las Cortes para lograr la conversión de la plaza de la funcionaria denunciante en una plaza de Cuerpo Técnico, Escala Económico- Financiera, todo ello en el marco de una modificación de la RPT, también fue anulada por el mismo tribunal, en sentencia de 20 de julio de 2023.
En este caso, la Sala constató que la parte demandada, "con su proceder (que hemos dicho supone una represalia ante la actuación previa de la actora), ha vulnerado su derecho fundamental de tutela judicial efectiva, en su vertiente de garantía de indemnidad".
La resolución añadía que con la exigencia de la experiencia (de dos años) en la propia Cámara, "que está desprovista de un criterio objetivo y razonable en el marco del art. 23.2 de la CE, ha igualmente lesionado su derecho fundamental de acceso en condiciones de igualdad a la función pública (en lo que hace al desenvolvimiento de la carrera profesional), en relación con el artículo 14 de la CE".