Audiencia de Valladolid respalda a un padre que pleiteaba con su ex por la negativa de ésta a vacunar a su hijo

Archivo - Fiscalía de Valladolid pide casi 18 años al exmilitar que mantuvo secuestrada a su pareja tres días en un bosque
Archivo - Fiscalía de Valladolid pide casi 18 años al exmilitar que mantuvo secuestrada a su pareja tres días en un bosque - EUROPA PRESS. - Archivo
Europa Press Castilla y León
Actualizado: miércoles, 23 febrero 2022 12:57

VALLADOLID, 23 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Valladolid ha dado la razón a un padre que pleiteaba con su expareja por la negativa de ésta a vacunar contra la covid al hijo común, de 13 años.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial, en su auto, y de conformidad con la postura del Ministerio Fiscal, rechaza el recurso de la progenitora contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Valladolid, que en noviembre de 2021 atribuyó al progenitor la facultad de decidir sobre la administración de la vacuna contra el Covid-19 al menor, según la información del Gabinete de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León recogida por Europa Press.

Fiscalía de Valladolid, en su argumentación para la desestimación del recurso de la madre, advertía de que la vacuna frente a la Covid-19 no es un ensayo clínico, es un medicamento aprobado por la Agencia Estatal de Medicamentos y por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, así como que en ningún momento del procedimiento se alegó que tal vacuna fuese un ensayo clínico.

INFORMACIÓN DE INTERNET

Por contra, la acusación pública advierte de que la recurrente sol hizo referencia a que se consideraba que sus componentes podían ser perjudiciales para el menor, y para acreditarlo no se aportó ningún informe oficial, sino información extraída de internet y un estudio, no habiéndose acreditado que la vacuna pueda tener efectos negativos para la salud del menor.

Además, en el presente caso el médico forense estudió el informe de la doctora pediatra del Centro de Salud de Portillo, y la Historia Clínica Digital del menor, no constando en la misma ningún
hecho de especial relevancia en cuanto a enfermedades ni
constando alergias graves a medicamentos o vacunas.

El forense añadía que el Ministerio de Sanidad y la Asociación Española de Pediatría se ha pronunciado sobre la vacuna de la Covid en
menores, de 12 a 18 años, y refiere que no causa perjuicio para la salud, al contrario, la mayoría de los estudios científicos llevan a concluir que los beneficios son innegables, tanto individual como poblacionalmente.

"Esta vacuna, como otras, son los instrumentos más eficaces de lucha
contra las enfermedades infecciosas; está catalogada como
medicamento inmunológico especial", apuntaba el forense.

"En consecuencia, tal como antes se indicó, procede
desestimar el recurso y confirmar el auto recurrido, sin
imposición de costas del recurso de apelación", concluye la Audiencia Provincial.

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