Extinguir contratos temporales antes de tiempo vulnera la norma europea según Col·lectiu Ronda

Una mujer se asoma a su ventana durante el primer día laborable de la segunda semana desde que se decretó el estado de alarma en el país a consecuencia del coronavirus, en Barcelona/Catalunya (España) a 23 de marzo de 2020.
Una mujer se asoma a su ventana durante el primer día laborable de la segunda semana desde que se decretó el estado de alarma en el país a consecuencia del coronavirus, en Barcelona/Catalunya (España) a 23 de marzo de 2020. - David Zorrakino - Europa Press
Publicado: lunes, 30 marzo 2020 11:52

   La cooperativa de abogados avisa de que no podrán acceder a la prestación del paro

   BARCELONA, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -

   El Collectiu Ronda ha alertado este lunes de que la extinción de contratos temporales antes de tiempo por la crisis del coronavirus vulnera la legislación europea, y ha pedido su "prohibición inmediata" al considerar que constituye una medida discriminatoria.

   En un comunicado, ha expuesto que la Directiva 99/70 de la Unión Europea (UE) especifica la taxativa prohibición de dar un trato menos favorable a los trabajadores con contratos temporales respecto a los que tienen un contrato de duración indeterminada.

   La cooperativa de abogados ha avisado de que la extinción anticipada de centenares de miles de contratos temporales a lo largo de los últimos días supone "un mayúsculo problema", cuya gravedad se conocerá esta semana, cuando se publiquen las cifras del paro.

   Ha agregado que muchos trabajadores temporales a los que se ha despedido no podrán acceder a la prestación del paro si no pueden acreditar el periodo mínimo de cotización, lo que ha subrayado que no pasaría si hubieran sido incluidos en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE).

MÁS DE 400.000 TRABAJADORES CON ERTE

   El Collectiu Ronda ha indicado que más de 50.000 empresas han presentado ERTE en Catalunya en las últimas semanas, que afectan a más de 400.000 trabajadores, cifra que se acerca al millón en el resto de España.

   "Cifras que impresionan pero que, pese a su trágica magnitud, siguen siendo insuficientes para entender la verdadera dimensión en términos de destrucción neta de empleo provocada por el coronavirus", ha remarcado.

   El abogado laboralista Nacho Parra ha explicado que la "inmensa mayoría" de trabajadores incluidos en ERTE tienen contratos indefinidos, que ha señalado como la opción escogida por muchas empresas, que no han extendido a los que tenían contratos temporales, a los que han extinguido el contrato de forma precipitada.

DESPIDOS INJUSTIFICADOS Y NULOS

   "Tenemos que tener todos muy claro que esta no es la manera legalmente establecida de proceder. No estamos delante de extinciones de contratos como se pretende sino ante despidos que se tiene que considerar injustificados y cualificados no solo como improcedentes, sino posiblemente como nulos", ha defendido.

   Parra ha enfatizado que la discriminación es "evidente" con los trabajadores temporales a los que no se está incluyendo en los ERTE: se está vulnerado el derecho a la estabilidad y la conservación del empleo, y se penaliza su situación de temporalidad, aplicando medidas más severas y no se les permite de beneficiar de las medidas excepcionales aprobadas para proteger a los trabajadores afectados por expedientes temporales.

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