BARCELONA, 2 (EUROPA PRESS)
Los fiscales del caso 9N han pedido rechazar la petición de las acusaciones populares de juzgar al expresidente de la Generalitat Artur Mas y a las exconselleras Joana Ortega e Irene Rigau por malversación de fondos públicos además de por la supuesta desobediencia y prevaricación, delitos por los que sí solicita llevarlos a juicio.
En un escrito presentado ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), los fiscales Francisco Bañeres y Emilio Sánchez Ulled concluyen que no hubo malversación en la consulta sobre la independencia del 9 de noviembre de 2014 pese a que "generó un gasto público considerable", que cifran en unos 1,3 millones de euros.
Los fiscales esgrimen, entre otras razones, que los gastos se habían comprometido con anterioridad a la suspensión del Tribunal Constitucional (TC) el 4 de noviembre aunque algunas de las partidas se pagaran después; eso sí, tienen "ciertas dudas" en cuanto a si los servicios del centro de prensa de Montjuïc se contrataron antes o después.
La cuestión de cuándo se comprometieron las partidas es relevante, ya que de los tres posibles delitos, el de malversación es el único que podría acarrear penas de prisión, mientras que la desobediencia y la prevaricación implicarían la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
LOS GASTOS DE LA CONSULTA
La Fiscalía calcula que la Generalitat gastó alrededor de 1.338.000 euros en la página web de la consulta, la fabricación del material para la votación, la confección del material para el envío de la información oficial, el seguro, los trabajos de apoyo informático, el recuento y la publicación de los resultados y a habilitación de un centro de prensa.
A todo ello añade los 800.000 euros que se usaron en la campaña institucional, mientras que la acusación popular suma como gasto también los 2,8 millones que la Conselleria de Enseñanza invirtió en la compra de 7.000 ordenadores que se usaron el día de la votación.
La Fiscalía sostiene que pese a que después de la votación los ordenadores se dedicaron a uso escolar, "parece evidente que su adquisición se decidió precisamente por causa de la votación, y no por motivos relacionados con las carencias del sistema educativo".
SIN ÁNIMO DE LUCRO
Sin embargo no ven malversación porque, además de que las partidas se habían comprometido antes de la suspensión del TC, no existe en la conducta de Mas, Ortega y Rigau ánimo de lucro: "Resulta evidente que los querellados actuaron sin ninguna intención de procurarse a sí mismos o de proporcionar a terceros un beneficio económico indebido".
Los fiscales también descartan que hayan destinado los fondos a "usos ajenos a la función pública", que es otro de los requisitos para poder calificar los hechos como malveración.