Publicada en el BOE la Orden de precios de referencia de medicamentos

Europa Press Ciencia
Actualizado: sábado, 25 octubre 2003 21:06

MADRID, 25 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Estado publica hoy la nueva Orden de Precios de Referencia de medicamentos, que supondrá una rebaja en cerca de 2.070 fármacos. La orden afectará a 82 conjuntos de medicamentos, que representan un volumen de mercado de 1.635 millones de euros y permitirá seguir financiando medicamentos innovadores y mantener la apuesta por la investigación.

La ministra de Sanidad y Consumo, Ana Pastor, aseguró en un comunicado hoy que la Nueva Orden de Precios de Referencia bajará el preció de 2.070 fármacos, con el objetivo principal de que todos los ciudadanos tengan acceso a una prestación farmacéutica completa y a un precio razonable.

La medida publicada hoy en el BOE, ayudará a que todos los ciudadanos tengan la posibilidad de acceder a una prestación farmacéutica, manteniendo "la apuesta por la investigación", según comentó Pastor. La ministra añadió, que la nueva Orden Ministerial "beneficiará a todos los ciudadanos, ya que podrán acceder a medicamentos a un precio razonable y fomentará la innovación, y el Sistema Nacional de Salud" contribuyendo a su sostenibilidad.

El precio de referencia de cada medicamento se determinará a partir de las tres presentaciones de especialidades farmacéuticas, que corresponderá a tres empresas con el fin de "facilitar el abastecimiento" a las Oficinas de Farmacia, de los medicamentos sometidos a la disciplina del sistema.

DISPENSA DE LA ESPECIALIZACIÓN PRESCRITA.

La nueva Orden, fomentará además, que los médicos puedan dispensar la especialidad al prescribir un fármaco, cuyo precio sea de igual o inferior qu el prescrito. Cuando dicha prescripción se realice por principio activo, y esté sometido a precios de referencia, se deberá dispensar el genérico correspondiente de menor precio, y en caso de no existir, el farmacéutico dispensará a precio de referencia la especialidad de marca que corresponda con la prescripción efectuada.

Esta nueva norma tendrá como particularidad que cuando un medicamento prescrito tenga un precio superior al de referencia, será sustituido, en el acto de la dispensación, por la especialidad farmacéutica genérica de menor precio. Si no existiese esta especialidad de sustitución, por no encontrarse en el mercado o por no estar incluida en la prestación farmacéutica de la Seguridad Social, se dispensará a precio de referencia la especialidad farmaceútica.

CASOS DE SUSTITUCIÓN.

En los casos de sustitución, la nueva Orden indica, que la especialidad farmacéutica deberá tener la misma composición, cualitativa y cuantitativa en sustancias medicinales, dosificación, forma farmacéutica y presentación.

La Orden, viene a afirmar los dispuesto en la Ley 16/2003 de 28 de mayo, correspondiendo su ámbito de aplicación tanto al Sistema Nacional de Salud como a los Regímenes Especiales de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), del Instituto Social de Fuerzas Armadas (ISFAS) y de la Mutualidad General Judicial (MUJEGU), según el comunicado del Ministerio de Sanidad y Consumo.

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