Actualizado 23/10/2012 18:53
- Comunicado -

El ICOG considera que el derecho penal debe ser la última opción para prevenir los riesgos naturales

· Existen medidas legislativas adecuadas, como la actual Ley del Suelo, para que la Administración Pública actúe con carácter preventivo en la ordenación del territorio.

· El Colegio de Geólogos está en contacto con el Consiglio Nazionale Geologi de Italia para hacer una valoración más profunda de la sentencia.

· Dicha sentencia va a suponer un hito en la prevención de riesgos naturales, dado que se ha abierto la vía penal como último recurso.

Madrid, 23 de octubre de 2012.- Ante la sentencia que condena a 7 altos cargos italianos (directores y presidentes de organismos de la Comisión de Grandes Riesgos, de la Protección Civil, de los Institutos de Geofísica, Vulcanología y Terremotos) a prisión por "despreciar los riesgos del terremoto" de l'Aquila (Italia) que tuvo lugar en abril de 2009, el Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG) quiere hacer algunas apreciaciones.

En primer lugar, el ICOG considera que el derecho penal debería ser el último instrumento de los poderes públicos para actuar. "No es la opción más adecuada, solo tendría que usarse de manera extrema. Existen otras medidas legislativas para que las administraciones públicas actúen con carácter preventivo en la ordenación del territorio".

En todo caso, para el Colegio, la sentencia marcará un antes y un después en la prevención de riesgos naturales en Europa. "Los riesgos naturales no son ni serán ya un castigo divino, la prevención de dichos riesgos tendrá consecuencias administrativas, civiles y penales".

El Colegio de Geólogos no ha tenido acceso completo a la sentencia por lo que está en contacto con el presidente del Consiglio Nazionale Geologi, Gian Vitto Graziano, para hacer una valoración más profunda de todos los aspectos recogidos en la misma.

Aún así, el ICOG puntualiza que la sentencia no condena a científicos o profesionales sino a altos cargos de la administración italiana. "Son altos cargos de comisiones, institutos, centros y oficinas científicas del país".

Por ello, desde el Colegio de Geólogos se propone reforzar los organismos encargados de la prevención de riesgos naturales en España mediante la reorganización de las mismas en un único organismo geológico y geográfico para el análisis y el estudio del territorio y la prevención de riesgos naturales. "No podemos achacar las consecuencias de los riesgos naturales a causas sobrenaturales, los profesionales en las Ciencias de la Tierra conocen y aplican instrumentos preventivos como los mapas de riesgos naturales para minimizar e incluso eliminarlos".

Ley del Suelo.

Uno de los instrumentos legales para la prevención de riesgos naturales es la Ley del Suelo. El apartado 2 del artículo 15 del RD 2/2008 del 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo, dice que "el informe de sostenibilidad ambiental de la ordenación de actuaciones de urbanización debe incluir un mapa de riesgos naturales del ámbito objeto de ordenación".

Esta exigencia legal lleva aparejado que todas las actuaciones urbanísticas posteriores a la promulgación de esta ley obligatoriamente deben tener un adecuado mapa de riesgos naturales. Si se realizan planes urbanísticos sin considerar estos mapas de riesgos naturales o con mapas inadecuados, existe un instrumento legal por parte de los ciudadanos para exigir responsabilidad a los responsables de la ordenación del territorio que incumplan dicha exigencia legal.

Observatorio de Riesgos Naturales.

En ese sentido, el Colegio de Geólogos cree que sería conveniente -como ya propuso en su momento a todos los partidos políticos- la creación de un Observatorio de los Riesgos Naturales con competencias para la inspección de esta exigencia legal en los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU).

"Todo el mundo sabe que en derecho el desconocimiento de una ley no exime de su cumplimiento. Por ello este Observatorio debe revisar los Planes Generales de Ordenación Urbana para que se cumple esta exigencia legal en los instrumentos de ordenación de actuaciones urbanísticas y evitar que se produzcan en el futuro daños a personas y bienes".

Por último, en referencia a las inundaciones, también se debería proceder sobre aquellas actuaciones anteriores a 2008 instaladas en ramblas o terrenos de inundación del río para que no se produzcan inundaciones catastróficas de edificios, como las ocurridas recientemente en las llanuras de inundación de las ramblas y ríos en Vera y Jaca.

Ilustre Colegio Oficial de Geólogos (ICOG).

El ICOG es una institución sin finalidad lucrativa creada para la defensa y apoyo de los intereses de los Geólogos según la Ley 73/1978 de 26 de Diciembre. Entre sus fines esenciales, destacan la ordenación de la actividad o ejercicio de la profesión de Geólogo y la representación exclusiva y defensa de los intereses de la misma. Con sede en Madrid, el Colegio cuenta con delegaciones en Aragón, Asturias, Cataluña y País Vasco. Para más información, puede visitar www.icog.es.

EMISOR: COLEGIO DE GEÓLOGOS.

Para más información:

Europa Press Comunicación.

Manuel Recio, manuelrecio@europapress.es.

Rubén Marcos, rubenmarcos@europapress.es.

Tfno: 91 359 26 00.

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