El juez rechaza aplazar la entrada en prisión de la condenada por Blasco Ibáñez mientras se tramita el indulto

La joven condenada, en un momento del juicio
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 3 diciembre 2014 21:24

VALENCIA, 1 Dic. (EUROPA PRESS) -

El juzgado ha rechazado aplazar la entrada en prisión de la joven conductora condenada a tres años de cárcel por causar dos muertos y un herido en la Avenida Blasco Ibáñez de Valencia en noviembre de 2010 mientras el Gobierno resuelve sobre la petición de indulto, según han confirmado a Europa Press fuentes conocedoras de esta decisión.

La joven, B.G.S., de 22 años en el momento del accidente, fue condenada en enero por un juzgado Penal a tres años de cárcel por un delito de seguridad vial en concurso con dos delitos de homicidio por imprudencia grave, y por un delito de lesiones por imprudencia grave. La Audiencia de Valencia ratificó luego esta condena.

Con la resolución firme, la condenada solicitó el indulto al Gobierno al alegar que era madre soltera y que ahora comprendía el daño que había causado y, mientras tanto, requirió al juzgado que suspendiera la ejecución de la pena de prisión.

El fiscal rechazó esta petición y ahora el juez también lo ha denegado, con lo que tendrá que ingresar en prisión, han señalado las mismas fuentes. No obstante, a la joven condenada le quedaría la posibilidad de interponer recurso de súplica contra esta decisión.

Tras conocerse la noticia, la familia de uno de los fallecidos, David Gaspar, ha afirmado que "ya era hora" y que "por fin" pueden respirar porque "se va a hacer justicia". "Esto ya era muy largo, muy pesado y ya era hora", ha afirmado su hermana Rosa, en declaraciones a Europa Press.

El accidente se registró el 16 de noviembre de 2010, cuando la condenada, con olvido de las más elementales normas de cuidado y atención a la conducción y circulando a velocidad excesiva, rebasó en fase roja hasta tres semáforos hasta llegar al cruce en el que colisionó con el vehículo en el que viajaban las víctimas, tras sobrepasar de nuevo otro semáforo.

En ese momento, la acusada circulaba a una velocidad no inferior a los 94,35 km/hora y embistió el coche en el que circulaban tres personas. Como consecuencia del choque, dos de ellas fallecieron y la tercera resultó herida con diferentes lesiones.

Tras el siniestro, se le practicó a la joven la prueba de alcoholemia, que dio como resultado 0,35 mg de alcohol por litro de aire espirado --cuando lo permitido para su caso eran 0,15, ya que se trataba de una conductora novel--. Consumió dos cervezas entre las 22.30 y las 23 horas, sin que se haya acreditado suficientemente que condujera con sus capacidades psicofísicas disminuidas por el alcohol ingerido.

Sin embargo, y pese a estos hechos probados, la joven defendió durante el juicio que no conducía "en plan loca" saltándose semáforos y no recordaba haberse saltado ningún semáforo en fase roja, extremos que quedaron desvirtuados.

FALTA DE EMPATÍA

En la resolución de la magistrada que le juzgó, se dedicaba un apartado a la conducta de la joven, y señalaba que pese al tiempo transcurrido, ésta "ha mostrado una absoluta falta de empatía hacia las familias de las víctimas" pues, como ha quedado probado, "ni por sí misma ni a través de una tercera persona ha manifestado sus condolencias a los padres y hermanas de los fallecidos".

Sobre este aspecto --recogía la jueza--, la acusada "solo podía decir que su padre había hablado con ellos --los familiares-- sin mayor concreción ni en cuanto a las personas con las que habló ni en cuanto a lo que su padre pudo decir", y "desde luego no supone una manifestación personal de pesar por lo ocurrido", detallaba.