Economía/Empresas.- El TUE anula la decisión de Bruselas que prohíbe a De Beers adquirir diamantes de su rival Alrosa

Actualizado: miércoles, 11 julio 2007 11:56

BRUSELAS, 11 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea decidió hoy anular la decisión de Bruselas que prohibía al gigante sudafricano De Beers adquirir diamantes en bruto de su rival ruso Alrosa a partir de 2009 al considerar que es desproporcionada.

La sentencia dice que la prohibición absoluta de toda relación comercial entre las dos partes a partir de 2009 es "manifiestamente desproporcionada" y que sólo circunstancias excepcionales, como la existencia de una posición dominante colectiva, justificarían el "aniquilamiento de la libertad contractual de las partes". La Comisión basó su decisión exclusivamente en la posición dominante de De Beers.

Además, el Tribunal de Primera Instancia señala que el Ejecutivo comunitario se ha limitado a aceptar los compromisos propuestos por De Beers, sin tomar en consideración soluciones alternativas más respetuosas hacia la libertad contractual de las partes.

Finalmente, la sentencia señala que Alrosa tenía derecho a ser oída en el procedimiento seguido por la Comisión contra la empresa sudafricana, y este derecho no se ha respetado plenamente.

El caso se remonta en 2002, cuando De Beers y Alrosa, que son el primer y el segundo productores mundiales de diamantes en bruto, notificaron al Ejecutivo comunitario un acuerdo para un periodo de 5 años en virtud del cual la empresa rusa se comprometía a suministrar a De Beers un volumen de diamantes en bruto por valor de 800 millones de dólares al año.

A raíz de esta notificación, Bruselas lanzó una investigación en profundidad sobre el acuerdo y otro procedimiento contra De Beers por posible abuso de posición dominante. En enero de 2006, De Beers presentó individualmente a la Comisión una serie de medidas correctoras que preveían el cese definitivo de toda compra de diamantes en bruto a Alrosa a partir de 2009, al final de una fase de recorte progresivo entre 2006 y 2008.

En febrero de 2006, El Ejecutivo comunitario adoptó una decisión jurídicamente vinculante con la que convirtió en obligatorios los compromisos individuales propuestos por De Beers. Mediante su sentencia dictada este miércoles, el Tribunal de Primera Instancia anula esta decisión de Bruselas.

Contra las resoluciones del Tribunal de Primera Instancia puede interponerse recurso de casación, limitado a las cuestiones de derecho, ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo en un plazo de dos meses desde su notificación.