Economía.-El Gobierno aprueba la concesión de explotación para el almacenamiento subterráneo de gas natural de "Gaviota"

Actualizado: viernes, 28 diciembre 2007 15:15

MADRID, 28 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy un Real Decreto por el que se convierte una parte de las concesiones de explotación de yacimientos de hidrocarburos "Gaviota I" y "Gaviota II", situadas en el Mar Cantábrico frente a las costas de Vizcaya, en una concesión de explotación de almacenamiento subterráneo, denominada "Gaviota".

Las concesiones de explotación de dichos yacimientos se otorgaron en 1983 mediante sendos Reales Decretos por un periodo de 30 años, es decir, hasta 2013. Actualmente, sus titulares son las compañías Repsol Investigaciones Petrolíferas y Murphy Spain Oil Company.

El pasado mes de octubre dichas compañías comunicaron al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio su solicitud de conversión de parte de las concesiones de explotación de yacimiento de hidrocarburos en una concesión de explotación de almacenamiento subterráneo de hidrocarburos, mientras que subsistirían las concesiones de explotación en la restante extensión del área otorgada.

La concesión de explotación de almacenamiento subterráneo confiere a su titular el derecho en exclusiva a desarrollar, construir y operar las instalaciones necesarias para almacenar gas natural en la superficie de la concesión. Por tanto, supone el requisito previo para que se inicie la fase de desarrollo y ejecución de este proyecto. La superficie de la concesión de explotación de almacenamiento aprobada hoy para "Gaviota" es de 4.229 hectáreas.

Asimismo, la concesión aprobada se otorga por un periodo de 30 años, prorrogable por dos periodos sucesivos de 10 años. Asimismo, la concesión se otorga supeditada a la aprobación por parte de la Secretaría General de Energía del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, antes del 4 de julio de 2008, de un proyecto de ampliación de las instalaciones de almacenamiento que el concesionario presente, como establece la disposición adicional cuarta de la Ley 12/2007, de 2 de julio.

En los últimos años, el fuerte desarrollo experimentado por el sector gasista hace necesario abordar con urgencia el desarrollo de nuevas infraestructuras de almacenamiento subterráneo de gas natural. El objetivo es garantizar la seguridad de suministro del sistema gasista a corto y medio plazo.