MADRID, 9 May. (EUROPA PRESS) -
La banca tendrán de plazo hasta el próximo 30 de septiembre para revisar la clasificación contable de las carteras de crédito refinanciadas o reestructuradas con arreglo a los nuevos criterios fijados por el Banco de España a través de una circular.
El organismo liderado por Luis María Linde obliga a las entidades financieras a revisar cada seis meses y de forma individualizada las operaciones de refinanciación que califiquen como 'riesgo normal', que sólo deberán incluir aquellas con "alta probabilidad" de recuperar todos los importes.
En su informe de Estabilidad Financiera, el Banco de España cifra las refinanciaciones en 208.206 millones de euros, lo que representa un 13,6% del total del crédito al sector privado residente. Por sectores, el 33% corresponde a empresas de construcción y promoción inmobiliaria; el 36,2% al resto de empresas; el 24,4% a hipotecas; y el 5,3%, al resto de crédito a hogares.
El 1,1% restante corresponde a administraciones públicas. Un 20,6%, esto es 42.930 millones, está clasificado como subestándar, para lo que la cobertura asciende al 18,4%, mientras que un 37%, es decir 77.064 millones, como dudoso, con cobertura del 40,6%.
"Existe cierta dispersión entre entidades, lo que puede reflejar distintos modelos de negocio y de gestión del riesgo, pero también diferencias en las prácticas contables", explica el regulador para justificar los cambios introducidos en esta materia el pasado 30 de abril.
El Banco de España señala que los datos de refinanciaciones empezaron a exigirse mediante la circular 6/2012, convirtiéndose así España en el primer país de la UE cuyo sector bancario debe cumplir con este requisito de transparencia.