Economía.- La CNMV dice que Santander debe actuar en interés de los partícipes y vender activos del fondo cuanto antes

Actualizado: lunes, 16 febrero 2009 19:37

La CNMV publica un documento para resolver las dudas sobre las medidas adoptadas por la gestora del fondo de inversión inmobiliario


MADRID, 16 Feb. (EUROPA PRESS) -

'Santander Real Estate', gestora del fondo de inversión inmobiliario 'Santander Banif Inmobiliario', deberá actuar en interés de los partícipes en el proceso de venta de activos del fondo, que deberá abordar "con la mayor diligencia y en el plazo más breve posible", según consta en un documento de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) con preguntas y respuestas sobre las medidas adoptadas por la gestora de la entidad.

En concreto, el supervisor bursátil ha elaborado unas indicaciones para atender las consultas que los inversores afectados puedan plantear a su Oficina de Atención al Inversor tras la comunicación de la gestora de 'Santander Banif Inmobiliario' de su intención de suspender los reembolsos durante un período de dos años por falta de liquidez para atender las solicitudes recibidas hasta el pasado 13 de febrero de 2009.

Esta medida de suspender los reembolsos por dos años a partir del próximo 28 de febrero, una vez obtenida la autorización de la CNMV, permitirá a la gestora aplicar un plan ordenado de venta de activos del fondo que le permita obtener la liquidez necesaria para atender los reembolsos solicitados, según el documento.

No obstante, la gestora destinará un importe equivalente al 10% del patrimonio del fondo al pago de los reembolsos solicitados antes de la suspensión, que se aplicará proporcionalmente a los importes de reembolso solicitados.

El Santander atenderá a las solicitudes de reembolso recibidas hasta el 27 de febrero incluido. Las solicitudes recibidas hasta dicha fecha, incluidas las recibidas hasta el pasado 13 de febrero, quedarán exentas las comisiones de reembolso previstas en el folleto del fondo.

Dicho pago inicial se efectuará en dos plazos, a razón de la mitad en cada uno de ellos. El primero tendrá lugar el 9 de marzo de 2009, y el segundo el 5 de mayo de este año. Para atender a estos pagos, el fondo agotará su capacidad de endeudamiento y procederá a la venta de activos.

En caso de que no fuera posible realizar las ventas de activos necesarias para completar el segundo de estos pagos, el Santander suscribirá participaciones del fondo en la cuantía necesaria para aportar la liquidez restante hasta el límite del 10% del patrimonio.

Tras la autorización de la suspensión de los reembolsos, la gestora ha previsto la disolución del fondo en los casos de que antes de que finalice el plazo de dos años, si una vez efectuado el pago de los reembolsos, el patrimonio del fondo se situara por debajo del mínimo legal, fijado en nueve millones de euros, o si una vez transcurrido el plazo de dos años no hubieran sido íntegramente satisfechos los reembolsos pendientes.

En el caso de la disolución del fondo, se abriría un periodo de liquidación, en el que continuaría suspendido el derecho de reembolso, y la gestora procedería a enajenar los valores y activos del fondo y a satisfacer y percibir los créditos. Una vez realizadas estas operaciones, se elaborarían los estados financieros y se determinaría la cuota que corresponde a cada partícipe.

En lo que respecta a los partícipes que decidan no solicitar el reembolso antes del 27 de febrero, deberán mantener su inversión en el fondo hasta que transcurran los dos años de suspensión, y, siempre que no se acuerde la disolución del fondo, la siguiente ventana de liquidez está prevista en octubre de 2011, según el documento de la CNMV.