Economía/Finanzas.- La futura Ley del Mercado de Valores acogerá un nuevo tipo de empresa de servicio de inversión

Actualizado: miércoles, 7 marzo 2007 18:19

MADRID, 7 Mar. (EUROPA PRESS) -

El borrador del anteproyecto de la Ley del Mercado de Valores, que transpondrá la Directiva europea de Instrumentos Financieros (MIFID), contempla la creación de un nuevo tipo de empresa de servicio de inversión (ESI) denominada Sociedad de Asesoramiento Financiero (SAFI) que, junto a este tipo de empresas y entidades de crédito, desarrollará la labor de asesoramiento financiero en el mercado.

Así lo anunciaron hoy fuentes de la Dirección General de Seguros, que explicaron que el borrador estará desde hoy y hasta el próximo 30 de marzo en trámite de audiencia pública para el conocimiento del mercado.

El nuevo borrador contempla que sean las ESIS y las entidades de créditos las únicas instituciones que puedan realizar labores de asesoramiento financiero, por lo que se amplía a cuatro la lista de estas empresas (sociedades y agencias de valores, sociedades gestoras de cartera y sociedades de asesoramiento financiero).

No obstante, estas nuevas sociedades presentan algunas características especiales con respecto al resto de empresas de servicios de inversión, ya que no necesariamente tienen que adoptar la forma de sociedad anónima.

El asesoramiento financiero de estas empresas se ceñirá a la inversión y recomendaciones a clientes en relación a instrumentos financieros, bien a petición de éste o a través de la propia empresa de servicio de inversión. Asimismo, el texto contempla que cualquier otra actividad de asesoramiento que no esté remunerada, no se considerará como tal.

La Dirección General de Seguros explicó que las empresas de servicios de inversión ya se están adaptando a la nueva directiva y que se encuentran en contacto con los supervisores, por lo que no tendrán dificultades en la aplicación de la norma.

Respecto a las potestades que otorga la Ley a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), estas mismas fuentes destacaron que el organismo supervisor español vigilará la actuación de las empresas con domicilio social en España y en relación a los clientes españoles.

En el caso las sucursales de empresas extranjeras serán supervisadas por el organismo del país de origen en cuanto a su organización, aunque en lo relativo a su conducta también estarán bajo la supervisión de la CNMV.

MAYOR PROTECCIÓN AL INVERSOR.

Entre los objetivos que tiene la trasposición de la directiva europea se encuentran la integración de los mercados europeos, para lo que se "robustecerá" la cooperación entre los estados miembro, así como la colaboración entre los diferentes organismos supervisores. Para ello, los Estados miembro designarán a una sola autoridad competente que será la encargada de centralizar todas las labores de cooperación.

En cuanto a la protección para el inversor, la reforma de la Ley establece varios tipos de inversores con el fin de aplicarle unos criterios u otros de conducta. En concreto, los minoristas, que requerirá una mayor protección; los profesionales, entre los que se encuentran inversores insititucionales, organismos públicos e internacionales, las grandes compañías y las personas físicas y jurídicas que lo soliciten, y, por último, los 'contrapartes elegibles', clientes similares a una empresa de servicio de inversión.

Asimismo, la trasposición de la normativa europea exigirá a las empresas de servicios de inversión que dispongan de toda la información necesaria de su cliente para adecuar el producto a sus características; el desarrollo de un registro de contratos en el que se especifique el carácter de cada cliente, y llevar a cabo una política clara de gestión y ejecución de órdenes. En el caso de un cliente minorista ha de ser "necesariamente aquella que tenga mejor precio".

Por otro lado, las empresas de servicios de inversión deberán encargarse de gestionar los posibles conflictos de intereses que surjan entre los clientes, y entre los clientes y las propias empresas.

Una vez está aprobada la trasposición de esta directiva de mercados, la Dirección General del Tesoro elaborará un texto final de la Ley del Merado de Valores en el que refundirá todas las modificaciones que se han llevado a cabo últimamente, con el objetivo de facilitar su aplicación y entendimiento entre los inversores. El texto podría estar finalizado un año después de que se apruebe la trasposición de esta directiva, prevista en noviembre.