El Gobierno no descarta que el decreto de DTAs tenga impacto en el déficit a partir de 2015

Ministro de Economía, Luis de Guindos
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 22:36


MADRID, 9 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno no descarta que el decreto ley de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la UE en materia de supervisión y solvencia de entidades financieras --que entre otras materias incluye la reforma del régimen de los activos fiscales diferidos (DTA, por sus siglas en inglés)-- pueda tener impacto sobre el déficit a partir de 2015, aunque duda de que se pueda producir antes de ese ejercicio.

Así lo reconoce en la memoria de impacto que acompaña al decreto ley, a la que ha tenido acceso Europa Press. En dicho documento, el Ejecutivo señala que "no existe una estimación del impacto en déficit" de la norma porque el déficit "está condicionado al cumplimiento de determinadas circunstancias que no pueden predecirse".

"En cualquier caso, no existiría ningún impacto antes de 2015 y la monetización está sujeta a restricciones", añade el Gobierno, que asegura que el decreto ley reducirá la probabilidad de sufrir una crisis financiera y también las posibilidades de que una entidad bancaria tenga problemas de solvencia o liquidez, y que permitirá "prevenir las fuertes restricciones al acceso al crédito que vienen ocasionadas por un deterioro repentino de la confianza" en los bancos.

APLICAR LA DIRECTIVA EUROPEA

En la memoria, el Ejecutivo justifica la elección de un decreto ley para trasponer al ordenamiento jurídico español la directiva de Acceso a la Actividad de las entidades de crédito y a la supervisión prudencial de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y adaptar la normativa de solvencia a la entrada en vigor del Reglamento sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión.

En concreto, señala que es necesario ajustar urgentemente el ordenamiento jurídico español a dichas regulaciones comunitarias antes del 1 de enero de 2014, si bien parte de la directiva aún deberá ser traspuesta a través de un proyecto de ley que todavía debe ser aprobado por el Consejo de Ministros.

Así, con el decreto ley se incorporan a la legislación nacional las disposiciones relativas a las facultades de los supervisores, a gobierno corporativo y los ajustes necesarios para "evitar la posible inseguridad jurídica" por la aplicación del mencionado reglamento en conjunción con la regulación actual.

PROBLEMA DE RIESGO MORAL

Por otra parte, el Gobierno reconoce que la evolución de la actual crisis desde un problema financiero a una restricción del crédito a la economía real y a tensiones de deuda soberana ha "puesto de manifiesto un grave problema de riesgo moral", es decir, "una situación en la que los beneficios de la actividad bancaria son de propiedad privada mientras que, cuando las pérdidas son de una magnitud tal que pudieran comprometer la solvencia del sistema financiero, éstas son socializadas".

"Este problema de riesgo moral se ha visto, además, agravado por esquemas de retribuciones de altos cargos muy cortoplacistas que premiaban los resultados obtenidos año a año con independencia de que esos resultados pudieran ser consecuencia de la asunción de grandes riesgos capaces de comprometer la solvencia de la entidad en el medio y largo plazo", añade.

Para evitar este tipo de situaciones, el Ejecutivo incluye en el decreto ley medidas para obligar al Banco de España a realizar pruebas de resistencia en los bancos y para introducir requisitos de gobierno corporativo en relación con la remuneración variable de los directivos, se ajustan los requisitos para contabilizar las participaciones preferentes a efectos de la normativa de solvencia y se habilita al FROB para que pueda incrementar sus recursos propios mediante la capitalización de créditos, préstamos u otras operaciones de endeudamiento.

Pero, además, se modifica la Ley del Impuesto de Sociedades para permitir la conversión de los activos por impuesto diferido correspondientes a dotaciones por deterioro de los créditos u otros activos derivados de las posibles insolvencias de los deudores no vinculados con el sujeto pasivo, así como los derivados de dotaciones o aportaciones a sistemas de previsión social salvo prejubilaciones, en créditos fiscales exigibles a la Hacienda pública cuando se cumplan ciertas circunstancias.

De esta manera, el Ejecutivo pretende facilitar que los DTA continúen siendo capital de la máxima calidad , de modo que "la banca española no esté en situación de desventaja en relación con sus competidores" desde el punto de vista de la deducibilidad de estos activos, según explicó el ministro de Economía, Luis de Guindos, en rueda de prensa.

Según dijo entonces, esta modificación normativa no entraña ningún tipo de transferencia ni inyección ni préstamo a la banca", que verá así reforzado su capital principal con 30.000 millones de euros que seguirá siendo de la máxima calidad tras la aplicación de la normativa sobre solvencia Basilea III.

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