El TJUE dice que la ley española "dificulta" ofrecer protección al consumidor en caso de ejecución hipotecaria

Actualizado: jueves, 5 diciembre 2013 19:13


MADRID, 5 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) considera que el sistema procesal español "hace imposible o excesivamente difícil" proteger a los consumidores afectados por una ejecución hipotecaria como lo hace la Directiva Europea 93/13, ya que solo ofrece amparo 'a posteriori'.

En un auto fechado el 14 de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal analiza dos casos procedentes de un juzgado de Catarroja (Valencia) y de Palma de Mallorca en la que los afectados se oponían a una ejecución hipotecaria alegando el carácter abusivo de la cláusula suelo de su contrato.

El tribunal señala que el sistema procesal español no permite al juez que estudia la ejecución hipotecaria "ni examinar el contrato del que se deriva la deuda reclamada bajo la óptica de razones diferentes de los motivos de oposición previstos ni adoptar medidas cautelares que garanticen la plena eficacia de la resolución final del juez".

En este sentido, destaca que el sistema procesal español "puede menoscabar la protección que pretende garantizar la Directiva 93/13 al consumidor", ya que "sólo permite garantizar al consumidor una protección 'a posteriori' meramente indemnizatoria, que resulta incompleta e insuficiente, y no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de dicha cláusula" como establece la directiva europea.

Por ello, declara que "la normativa española controvertida en los litigios principales no resulta conforme con el principio de efectividad, en la medida en que hace imposible o excesivamente difícil (...) aplicar la protección que la Directiva 93/13 pretende conferir" a los consumidores.

Además, insiste en que este texto europeo se opone a la normativa de un Estado miembro de la Unión Europea, en este caso la española, que no permite al juez examinar el carácter abusivo de una cláusula contenida en el contrato del que se deriva la deuda reclamada.