La UE completa la aprobación de un nuevo paquete de medidas para reducir riesgos en la banca europea

Publicado: martes, 14 mayo 2019 12:45


BRUSELAS, 14 May. (EUROPA PRESS) -

La Unión Europea ha dado este martes el último paso para aprobar una serie de medidas que tienen el objetivo de reducir los riesgos a los que se enfrenta el sector bancario europeo y que pasan, por ejemplo, por la obligación para las entidades sistémicas de contar con un ratio de apalancamiento del 3% o con una capacidad mínima de absorción de pérdidas en caso de quiebra.

Los Estados miembros han dado su visto bueno al principio de acuerdo logrado con el Parlamento Europeo en diciembre para introducir en la legislación comunitaria reformas acordadas a nivel internacional tras la crisis financiera, tanto por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea como por el Consejo de Estabilidad Financiera.

Una vez se firmen todos los actos legislativos la próxima semana, el paquete bancario será publicado en el Diario Oficial de la UE en junio y entrará en vigor veinte días después. La mayoría de las nuevas normas, sin embargo, comenzarán a aplicarse en 2021.

En concreto, los cambios normativos buscan fortalecer el marco de resoluciones bancarias y los requisitos de capital, con el objetivo de reducir los incentivos para la asunción de riesgos, incluidos un ratio de apalancamiento obligatorio del 3% y un coeficiente obligatorio de financiación estable neta (NSFR).

Además, los bancos de la UE considerados "sistémicos" tendrán que contar con el nivel mínimo de absorción de pérdidas (TLAC) acordado a nivel internacional para asegurar que en casos de quiebra no se tenga que utilizar dinero del contribuyente y la reestructuración se hace a través de un rescate interno o 'bail in'.

Las entidades financieras europeas que no tengan una importancia sistémica, sin embargo, seguirán guiando la construcción de sus colchones de capital a través del nivel mínimo armonizado de fondos propios y pasivos exigibles (MREL).

Por otro lado, las nuevas normas introducen la posibilidad de que las autoridades de resolución impongan los llamados 'corralitos' (suspensión temporal de ciertos pagos y obligaciones contractuales) cuando se encuentran en un proceso de resolución. Estas 'moratorias' tendrán que ser "proporcionadas" y "ajustadas" a cada caso.

Asimismo, e establece un nuevo marco de riesgo de mercado que incluye medidas para reducir los requisitos de información y divulgación y simplifica las reglas relativas al riesgo de mercado y a la liquidez de pequeñas entidades.

En paralelo, los socios comunitarios también han aprobado un conjunto de normas simplificadas para las contrapartes no financieras, las pequeñas contrapartes financieras y los fondos de pensiones que utilizan productos financieros derivados.

Esta nueva normativa, en particular, introduce la categoría 'pequeñas contrapartes financieras', que estarán exentas de la obligación de compensar sus actividades a través de una entidad de contrapartida central (CCP) aunque tendrán que cumplir sus obligaciones de reducción del riesgo.

También prevé una prórroga de otros dos años, ampliables otro más, de la exención temporal de la obligación de compensación por parte de los sistemas de planes de pensiones.

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