Economía/Fiscal.- El TUE cree que a priori el País Vasco puede fijar un Impuesto de Sociedades diferente al español

Actualizado: jueves, 11 septiembre 2008 12:32

BRUSELAS, 11 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó hoy que las haciendas forales vascas pueden, a priori, fijar un Impuesto de Sociedades diferente al del resto del Estado español porque parecen disponer de suficiente autonomía en el ejercicio de sus competencias legislativas en materia tributaria.

No obstante, puntualizó que es el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) el que debe determinar con precisión si el País Vasco cumple con todos los requisitos de autonomía fiscal exigibles.

La sentencia del TUE responde a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) en septiembre de 2006. El Tribunal vasco reclamó al europeo que aclarara si, de acuerdo con la legislación de la UE, la fiscalidad vasca puede ser diferente a la vigente en el resto de España.

Para ello, se basaba en el precedente establecido por la sentencia sobre la fiscalidad de las islas Azores, que abría esa posibilidad y determinaba en qué condiciones pueden los entes distintos a los Estados fijar sus propios tipos impositivos.

El objetivo de esta cuestión es poner fin a las disputas en torno a la decisión de 2005 de las tres autoridades forales vascas de situar en el 32,5% el tipo del impuesto sobre sociedades frente al 35% vigente en el Estado español. Esta decisión fue denunciada por las comunidades autónomas de La Rioja y Castilla y León.

(HABRÁ AMPLIACIÓN)