RSC.- El Gobierno tramita el anteproyecto de Ley de Responsabilidad Medioambiental, con multas de hasta 2 millones

Actualizado: lunes, 23 octubre 2006 18:17

Afectará a 5.000 instalaciones industriales, 30.000 empresas de transporte de mercancías peligrosas y 1 millón de explotaciones


MADRID, 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros del pasado viernes dio el visto bueno a un informe de la ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, sobre el anteproyecto de Ley de Responsabilidad Medioambiental para obligar a prevenir los daños derivados de la actividad económica y repara los que se causen. Esta norma, que traspone una directiva europea de 2004 que entrará en vigor en 30 de abril de 2007, prevé sanciones de hasta 2 millones de euros y la suspensión de un año de la autorización para la empresa. El Ejecutivo inicia así la tramitación del texto, que pasará a consulta del Consejo de Estado y otros organismos.

La futura ley, que tiene efectos retroactivos y es compatible con otras exigencias administrativas y judiciales, --según la ministra de Medio Ambiente--, tendrá por objeto hacer efectivo el principio de que 'quien contamina paga', con el fin de asegurar que los daños al Medio Ambiente ocasionados por las actividades económicas sean reparados de manera efectiva y a costa de sus responsables, evitando la factura de la reparación sea sufragada por los presupuestos públicos.

Para ello, se constituye también un fondo estatal para la reparación de daños ambientales con el fin de cubrir la necesidad de reparar cuando por alguna razón no se haya podido aplicar esta norma y el daño se produzca en el dominio público de titularidad estatal. Como ejemplo de los costes que afronta la Administración central, Narbona expuso en la rueda de prensa posterior al Consejo que sólo el presupuesto del Ministerio de Medio Ambiente ha afrontado a lo largo de los últimos siete años gastos de reparación ambiental cercanos a los 183 millones de euros, de los que 113 millones son atribuibles a la descontaminación de suelos.

En las actuaciones relacionadas con el vertido de Aznalcóllar se invirtieron, adicionalmente, más de 75 millones de euros para reparar los daños ocasionados por una empresa minera, mientras la inversión prevista para llevar a cabo las tareas de limpieza y recuperación de las aguas del embalse de Flix, a las que han ido a parar vertidos de sustancias altamente contaminantes procedentes de industrias electroquímicas, será de otros 155 millones de euros.

Asimismo, se persigue reforzar el principio de prevención para evitar que los daños medioambientales lleguen a producirse, obligando a los operadores de las actividades económicas y profesionales a que adopten todas las medidas que resulten necesarias ante un supuesto de amenaza de daño al medio ambiente. No obstante, el Ejecutivo destaca que el gasto de las empresas en prevención de riesgos ambientales ha crecido muy significativamente a lo largo de los últimos años, alcanzando los 2.000 millones en 2003.

La futura ley afectará a más de 5.000 instalaciones industriales, a unas 30.000 empresas de transporte de mercancías peligrosas, a casi 1 millón de explotaciones agrarias, las actividades de utilización y liberación de organismos genéticamente modificados y las balsas mineras. Los bienes protegidos son naturaleza medioambiental (agua, suelo, hábitats naturales protegidos y especies silvestres protegidas), quedando excluidos los daños tradicionales, es decir, los que afectan a los particulares y a sus bienes.

Las actividades económicas y profesionales susceptibles de ocasionar daños medioambientales son aquellas ya reguladas por la legislación comunitaria y que, por su naturaleza, entrañan riesgos, aunque sean potenciales, para el Medio Ambiente o para la salud humana. Otras actividades distintas también se verán afectadas por la ley en cuanto al deber de reparar, pero sólo cuando haya mediado culpa o negligencia.

Entre las más destacadas están las instalaciones cubiertas por la normativa de prevención y control integrado de la contaminación (conocida como Ley IPPC); las relativas a la gestión de todo tipo de residuos; las más importantes de las reguladas por la normativa de aguas (con vertidos de sustancias peligrosas incluidas); las relativas a la producción, almacenado y transporte de sustancias peligrosas, biocidas y fitosanitarios; el traslado trasfronterizo de residuos peligrosos y el transporte de mercancías peligrosas.

Asimismo, la titular de Medio Ambiente resaltó que esta normativa tiene un carácter "ilimitado" de la responsabilidad medio ambiental, obligando a reparar los daños en su integridad y devolver los recursos naturales al estado original. La responsabilidad administrativa recae en las comunidades autónomas, salvo en daños en el dominio público de titularidad estatal, y los tribunales de lo contencioso-administrativo.

La Ley incorpora, de manera homogénea para el conjunto del Estado, una serie de normas técnicas para las medidas de reparación en sus distintas modalidades y reconoce a las organizaciones sin ánimo de lucro el derecho a promover la intervención administrativa para asegurar la correcta ejecución de la normativa, evitando que los daños ambientales queden sin reparar por quien los ocasionó.

EXIGENCIA DE UN AVAL FINANCIERO.

Para garantizar la eficacia de la Ley y asegurar que los operadores disponen de los recursos económicos necesarios para hacer frente a estas obligaciones legales, la normativa les exige que cuenten con una garantía financiera con la que cubrir la responsabilidad medioambiental en la que puedan incurrir. La evaluación del daño potencial se efectuará mediante una metodología actualmente en estudio, que se concretará en desarrollo reglamentario.

Según la evaluación del daño potencial, se establecen unos umbrales: por debajo de 300.000 euros, los operadores quedan exentos de esta exigencia; entre 300.000 y 2 millones, podrán optar entre suscribir la garantía financiera o adherirse al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS). Por encima de los 2 millones de euros, se exigirá siempre la garantía financiera, mientras queda exenta la utilización de productos biocidas y fitosanitarios con fines agropecuarios o forestales.

El texto, que ha sido objeto de consulta en la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente y en el Consejo Asesor de Medio Ambiente y que en los próximos días se remitirá al Consejo Económico y Social, señala que la garantía puede adoptar la forma de seguro, de aval bancario y/o de reserva técnica, y debe estar vigente durante el todo el tiempo que dure la actividad. Esta parte de la norma tendrá efectos a partir del 30 de abril de 2010 de forma gradual, con el fin de asegurar que el mercado se encuentre en situación de ofrecer tales garantías.

CUMPLIMIENTO DE UN MANDATO CONSTITUCIONAL.

En definitiva, Narbona valoró que con esta norma se dará cumplimiento efectivo al mandato contenido en el artículo 45.3 de la Constitución (obligación de reparar los daños causados al Medio Ambiente) y se cumplirá con el compromiso electoral de luchar contra la impunidad y fortalecer las herramientas de prevención de daños al medio ambiente.

La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, valoró que este "importantísimo" proyecto de ley para la protección del agua, el suelo y aire traslada dos principios presentes en la normativa de la Unión Europea: la prevención y que el que contamina paga "de forma inmediata" sin recibir indicaciones de las administraciones.

Finalmente, resaltó que obligará también a una reparación material de los daños que no podrá sustituirse por compensaciones económicas: "quien contamina limpia y repone; pagar ya no basta", afirmó. "El anteproyecto quiere ser muy firme en el cuidado del Medio Ambiente", agregó, destacando que el texto autoriza a las organizaciones sin ánimo de lucro a ejercer una labor de vigilancia.