MADRID, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Grupo Santander ha firmado un nuevo Acuerdo de Conciliación con el fin de contribuir a conseguir un adecuado equilibrio entre las responsabilidades laborales y la vida personal y familiar, y al mismo tiempo promover la consecución de un marco "más favorable para la efectiva vigencia de los principios de igualdad de oportunidades y de no discriminación por razón de género".
Según señala la sección sindical de CCOO de Santander Consumer, responsable del acuerdo, la firma de éste significa el establecimiento de importantes mejoras en la conciliación de la vida familiar y laboral, que van a suponer "un avance en la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en la empresa".
En este sentido, el acuerdo recoge medidas sobre flexibilidad horaria para las personas que tiene responsabilidades familiares, la reducción de jornada y acumulación de horas de lactancia, la ampliación de los supuestos de licencias no retribuidas, o el acoso sexual, entre otras. Asimismo, establece una Comisión de Igualdad con el fin de seguir el cumplimiento y desarrollo de este acuerdo.
Así, en materia de flexibilidad horaria, el nuevo acuerdo obliga a la colaboración de los directivos para facilitar el equilibrio adecuado entre la vida laboral y familiar, posibilitando acuerdos que, salvando las necesidades del servicio, flexibilicen la jornada de trabajo a quienes tengan a su cargo hijos menores o familiares con alguna discapacidad o mayores de 65.
En cuanto a la reducción de jornada, la principal novedad de este acuerdo es que ésta puede ser inferior a un tercio de la jornada, siempre que se solicite por un periodo determinado de tiempo y suponga una reducción mínima diaria de la jornada en una hora.
Asimismo, las trabajadoras tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo por lactancia que pueden disfrutar al principio o al final de la jornada, partir la misma en dos fracciones, o acumularla al periodo de descanso maternal que se verá incrementado en 15 días naturales, disfrutados ininterrumpidamente.
El descanso por maternidad a tiempo parcial se podrán disfrutar en régimen de jornada completa o, si hubiera acuerdo con la empresa, a tiempo parcial. Para los traslados se tendrá en cuenta, como uno de los criterios a seguir, las diferentes situaciones familiares con la finalidad de una mejor conciliación entre la vida laboral y familiar y no se adoptarán medidas de traslado a otro municipio durante la situación de embarazo de la mujer trabajadora.
Además, se autorizarán licencias de hasta un mes de duración dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.
ACOSO, EXCEDENCIAS Y FORMACION
Las excedencias se podrán solicitar para el cuidado de familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos y no desempeñen actividad retribuida. Se establece la posibilidad de ampliar la duración de la misma hasta los tres años. El primer año el trabajador disfrutará del derecho a la reserva de puesto de trabajo en iguales condiciones que en el supuesto de excedencia por cuidado de hijos.
En materia de formación, se facilitará la participación de los empleados en excedencia por motivos familiares en cursos de formación adecuados para su reciclaje profesional.
También se potenciará el uso de la videoconferencia para reducir los viajes de trabajo de los empleados y mejorar así la conciliación de la vida familiar.
Sobre violencia de género y acoso sexual el nuevo convenio recoge que quienes sean víctimas tendrán derechos como la adopción de jornada reducida u horario flexible, la preferencia en la solicitud de traslado, la posibilidad de suspender el contrato por seis meses prorrogable hasta 18, extinguir su contrato de trabajo con prestación de desempleo. Además, las ausencias o falta de puntualidad motivadas por esta causa se considerarán justificadas.
"Las empresa y las Secciones Sindicales se comprometen a colaborar eficazmente y de buena fe para prevenir, detectar, corregir y sancionar este tipo de conductas así como las relacionadas con el acoso sexual", añade el documento. Además, se establece una Comisión de Igualdad con el fin de seguir el cumplimiento y desarrollo de las medidas previstas en este acuerdo.
"Esperamos la buena disposición y colaboración del personal directivo para que este acuerdo no se quede en una declaración de voluntades y sea el reflejo del espíritu conciliador y de responsabilidad social corporativa del que hace gala el Grupo Santander", concluye CCOO.