(Ampl.) La CNMC anuncia multas de hasta 60.000 euros a directivos que atenten contra la competencia

El presidente de la CNMC José María Marín Quemada
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 22 octubre 2015 18:56


MADRID, 22 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) prevé comenzar a imponer multas de hasta 60.000 euros a los gestores y directivos de empresas que incumplan "reiteradamente" las normas de competencia o participen o intervengan en actuaciones prohibidas.

Estas nuevas sanciones se sumarán así a las que el 'superregulador' ya impone a las compañías que cometen infracciones contra la Ley de Defensa de la Competencia que, en el caso de sanciones muy graves, pueden ascender al 10% de la facturación de la empresa.

El 'superregulador' pretende "potenciar la capacidad disuasoria" que el régimen sancionador debe tener a la hora de evitar que las empresas incurran en prácticas anticompetitivas, según explicó el presidente de la CNMC, José María Marín Quemada.

En este sentido, durante su comparecencia en el Senado, Marín Quemada dio la "bienvenida" a la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre el régimen de sanciones del organismo, que clarifica que las multas de la CNMC deben calcularse sobre el volumen de negocio total de la empresa infractora.

"La sentencia determina con nitidez el marco en el que la CNMC debe basar su actividad sancionadora, de forma que ya es indiscutible cuál es el valor del negocio sobre el que se debe calcular", aseguró el presidente. "Es una responsabilidad que debemos ahora sacar adelante con responsabilidad, mesura y proporcionalidad", añadió Marín Quemada.

PROPORCIONADAS Y DISUASORIAS.

El presidente de la CNMC, recordando lo dictado en dicha sentencia, indicó que las sanciones que se impongan a las conductas ilícitas para la competencia "deben ser a la vez proporcionadas y disuasorias, de forma que su cuantía no permita que a la empresa le resulte económicamente rentable actuar en contra de la ley".

Asi, subrayó, que tras lo aclarado por el Alto Tribunal, las conductas en contra de la libre competencia de las empresas que sean tipificadas como 'muy graves' según la ley pueden afrontar multas de hasta el 10% de su volumen de negocio total.

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