Economía/Agricultura.- España recurre la devolución de 5,2 millones en fondos por mal control de la retirada de cítricos

Actualizado: martes, 24 abril 2007 15:58

BRUSELAS, 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

España ha reclamado al Tribunal de Justicia de la UE que se anule la decisión que tomó la Comisión Europea el pasado 29 de abril para retirarle 5,2 millones de euros de fondos agrícolas debido a las irregularidades observadas en los controles sobre la retirada de cítricos en la Comunidad Valenciana y la Región de Murcia durante la campaña 1998-1999.

En su recurso, el Gobierno alega que estas irregularidades se debieron a "errores" inducidos por la reforma de la organización común del mercado (OCM) de las frutas y hortalizas que se llevó a cabo en 1996. Argumenta también que ambas comunidades introdujeron las oportunas correcciones en 1999, cuando una auditoría del Tribunal de Cuentas de la UE les sacó de su error.

En un informe para la vista, España pide la revocación de una decisión que tomó el Ejecutivo comunitario de excluir de la financiación comunitaria un gasto de 5.253.601 euros correspondiente a los gastos realizados por operaciones de retirada de frutas y hortalizas en las Comunidades Autónomas de Murcia y Valencia.

Esta cantidad corresponde, según Bruselas, a los gastos correspondientes a las cantidades retiradas con destino a biodegradación no sujetas a control en la campaña 1998/1999, que se elevan al 43 % en el caso de la Comunidad Autónoma de Murcia, y al 19,18 % en el caso de la Comunidad Autónoma de Valencia.

En su recurso, España señala, en primer lugar, que el incumplimiento del 100% de los controles se debió a un "error de interpretación" de la reforma de 1996. Las dos comunidades autónomas "interpretaron erróneamente que la destrucción de los productos retirados seguía incluyéndose en el destino 'fines no alimentarios' y no en el de 'fabricación de abono orgánico' y 'procesos de biodegradación'", señala el recurso.

Afirma que el motivo del error se debió a que antes de la reforma, la destrucción de los productos retirados fue incluida en el destino "fines no alimentarios" y que después de 1996 se modificó el destino por el de "proceso de biodegradación".

A pesar de este cambio, España apunta que "el nuevo modelo de información no fue comunicado al Gobierno español hasta el principio de la campaña 1998-1999, de forma que las comunidades autónomas de Murcia y Valencia consideraron que la destrucción seguía estando incluida en el destino "fines no alimentarios", para el que se exigen actualmente controles de, al menos, un 20%".

Por otra parte, España alega que este error de interpretación "sólo afectó a un pequeño periodo de la campaña 1998 y 1999" y añade que tras el control que realizó el Tribunal de Cuentas de la UE "las comunidades autónomas afectadas procedieron de inmediato a realizar el control del 100% de los productos retirados".

Asimismo, apunta que el "posible riesgo" al que pudo dar lugar este "error" fue "compensado" por "el alto porcentaje de controles físicos" que se realizaron en la Comunidad Valenciana (un 71,2%) y en la de Murcia (57%). Finalmente, denuncia que "el importe denegado es superior al posible perjuicio a la Comunidad".

Éstos son los motivos del recurso que presentó España en una vista previa en la que, según el informe del juez que fue difundido hoy, la Comisión se mantuvo en su posición y rechazó las explicaciones del Gobierno.

Entonces el Ejecutivo comunitario recordó que España, como el resto de países de la UE, participó en las discusiones del Consejo que dieron lugar a la reforma de la OCM en 1996 y que el texto del acuerdo "no ha podido inducir a error en las comunidades autónomas de Murcia y Valencia". En cualquier caso, insiste que "corresponde al Gobierno español velar por la buena utilización de los fondos comunitarios".

Bruselas también considera que el Gobierno conocía que en Valencia y Murcia no se estaban realizando el control al 100% de las retiradas y recuerda que "los gastos correspondientes a las cantidades no sujetas a control han de quedar excluidos de la financiación comunitaria", precisamente lo que dictó en la decisión que ahora recurre España.