Economía/Agricultura.- La UE permitirá la presencia de hasta un 0,9% de OGM en los productos denominados como ecológicos

Actualizado: martes, 12 junio 2007 16:25

LUXEMBURGO, 12 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Agricultura y Pesca acordó hoy un nuevo reglamento sobre el desarrollo de la alimentación biológica que, en contra de lo que ocurre en la actualidad, permitirá denominar como tal a productos que tengan un nivel de contaminación de organismos genéticamente modificados (OGM) de hasta un límite máximo del 0,9%.

El nuevo reglamento hace referencia a los modos de producción biológica y su etiquetado, definiendo los objetivos que deben perseguirse, los principios y las reglas fundamentales para el modo de producción biológica y también incluye un nuevo régimen permanente de importación con un régimen de control "más coherente", explicó la Comisión Europea en un comunicado.

Por lo que respecta a la consideración de productos biológicos, el acuerdo indica que sólo la tendrán aquellos productos con al menos un 95% de ingredientes ecológicos, que podrán ser etiquetados como tal. A aquellos que no lleguen a este límite les estará permitido que enumeren en la etiqueta qué ingredientes sí son ecológicos.

Por otra parte, aunque el acuerdo mantiene la prohibición de que los productos biológicos contengan OGM, en la práctica se modifica, porque a esta categoría de productos también se le aplicará el umbral máximo de contaminación permitida, del 0,9%. Así, los productos biológicos también podrán tener hasta un 0,9% de elementos transgénicos.

A este respecto, la Comisión explicó que uno de los aspectos que cubre la regulación es que "elimina la laguna en virtud de la cual la presencia accidental de OGM por encima del umbral del 0,9% no excluye actualmente la venta de productos como productos ecológicos".

Otros elementos del reglamento aprobado hoy son una definición "más explícita" de las reglas para la producción biológica, teniendo en cuenta flexibilidad para acoger condiciones locales. También se aplicarán los mismos criterios a todos los niveles de la producción biológica animal, de acuicultura, producción vegetal, alimentación animal y productos alimentarios.

Por lo que respecta al etiquetado, además de la prohibición de marcar como ecológico un producto que no se compone de más del 95% de ingredientes de este tipo, el reglamento hace obligatorio un logotipo de la UE para productos ecológicos que sean de origen comunitario, aunque permite que éstos se acompañen de logotipos nacionales o privados. Tampoco se prohíben normas "más estrictas".

Estas medidas no afectarán a los sectores de la restauración, pero los Estados miembros podrán incluirlo si lo estiman necesario cuando se produzca la evaluación en 2011.

Supone una 'mejora' del sistema de control oficial de la UE sobre productos alimentarios para animales y crea un nuevo régimen de importación que hará que los países terceros exporten a la UE en condiciones 'idénticas o equivalentes' a las que rigen en el mercado comunitario.

Impone asimismo la indicación del lugar donde los productos se han cultivado, incluidos los productos importados que tengan el logo de la UE y crea 'una base' para crear reglas similares relativas a la acuicultura, el vino, las algas y las levaduras biológicas.