Economía.- El Constitucional desestima el recurso del PP contra las competencias de la CNE durante la OPA de Endesa

Sede Corporativa De Endesa
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 12 marzo 2013 15:15

El tribunal considera justificado cinco años después el carácter urgente de la medida y recuerda que la norma ha quedado extinta


MADRID, 12 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad presentado a comienzos de 2006 por 81 diputados del PP en contra del real decreto ley 4/2006 en el que se ampliaban las competencias de la Comisión Nacional de la Energía (CNE).

El tribunal ha adoptado esta medida tras desestimar algunos de los argumentos utilizados por el PP, especialmente el que denunciaba la falta de justificación de un real decreto ley "urgente", y considerar desaparecido el objeto de la normativa denunciada.

El PP había presentado el recurso al considerar que las nuevas competencias de la CNE se habían aprobado para frenar la OPA de E.ON sobre Endesa. De hecho, el grupo alemán había presentado su oferta apenas tres días antes de que el Gobierno dotase de forma urgente al regulador de nuevas competencias.

El recurso de los 'populares' tomaba como partida varios argumentos, especialmente la utilización por parte del Gobierno de un procedimiento de urgencia, así como el uso de un tipo de retroactividad ilegal, la arbitraridad de la medida, el ataque a la libertad de empresa o el incumplimiento de la normativa comunitaria.

El real decreto ley 4/2006 denunciado habilitaba a la CNE para analizar, y en su caso vetar, las operaciones de compra en el sector energético antes de que se materializasen. Para ello, ampliaba la llamada Función 14, dotándola de mayor capacidad de control dentro de las empresas que realicen actividades reguladas.

Esta Función 14 ya fue rechazada en julio de 2007 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que la consideró incompatible con el Derecho comunitario, de modo que el Gobierno la atemperó años después y la limitó a empresas de carácter extracomunitario.

"URGENTE Y EXTRAORDINARIO".

Pese a la "desaparición sobrevenida" de la norma, el Constitucional realiza varias consideraciones acerca de los argumentos utilizados por el PP y se centra especialmente en debatir el carácter de extraordinario y urgente del real decreto ley, contra el que no pone objeciones.

La "extraordinaria y urgente necesidad" del Gobierno, señala la sentencia, se produce ante "la ausencia de regulación legal en materia de operaciones de concentración en el sector energético y ante la constatación de la existencia de importantes operaciones de concentración en curso".

"Conforme a nuestra doctrina, debemos declarar que la definición por los órganos políticos de la situación de extraordinaria y urgente necesidad resulta explícita y razonada", afirma el Constitucional en la sentencia, publicada en el BOE de este martes.