Economía/Empresa-Abogado general del TUE ve la ilegalidad en el contrato de la Diputación de Vizcaya con European Ferrys

Actualizado: jueves, 9 febrero 2006 13:23

BRUSELAS, 9 Feb. (EUROPA PRESS) -

El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE (TUE), Antonio Tizzano, ha desestimado el recurso de casación presentado por la Diputación Foral de Vizcaya y la compañía vizcaina European Ferrys contra una sentencia anterior que declaró ilegal el contrato suscrito entre las dos partes, al considerarlo ayudas de estado encubiertas que no fueron notificadas a la Comisión Europea (CE).

El litigio comenzó hace más de diez años, después de que una empresa rival denunciara como contrario a las normas de la competencia las condiciones de un acuerdo al que llegaron la Diputación y European Ferrys sobre la compra por parte de la primera de un número determinado de bonos de transporte.

El abogado general confirmó hoy la validez de una sentencia del TUE según la cual el contrato no respondía a las normas de la competencia y que, por tanto, debía haber sido reconocido como una ayuda de Estado que, sin embargo, no fue notificada a Bruselas.

Tizzano recomendó que se condene a las dos entidades a pagar las costas de un proceso que se inició en 1993 cuando dicho contrato fue denunciado por otra compañía de transporte marítimo competidora, Bretagne Anglaterre Irlanda, al considerarlo contrario a las normas de la competencia.

En base a la denuncia, el Ejecutivo comunitario inició una investigación que concluyó que el acuerdo entre Diputación y European Ferrys "no constituía una operación comercial normal, sino más bien una ayuda de Estado", debido a que "no parecía cumplir los requisitos establecidos para poder ser declarada compatible con el mercado común".

Las consideraciones de la Comisión se basan en el hecho de que el precio acordado de los bonos era superior a la tarifa comercial normal y que el acuerdo implicaba también que la Diputación absorbería todas las pérdidas sufridas por la compañía de transporte marítimo durante los tres primeros años de su actividad, con el fin de "eliminar cualquier riesgo comercial".

Por este motivo, Bruselas decidió llevar el asunto al Tribunal de la UE, un procedimiento que la Diputación de Vizcaya consiguió detener temporalmente con la presentación de un nuevo contrato con European Ferrys con "numerosas modificaciones", como criterios nuevos para la determinación de precios, que dio satisfacción al considerar que el nuevo contrato no constituía una ayuda de Estado.

Sin embargo, terminó dando lugar a un proceso judicial debido a que la compañía Bretagne Anglaterre Irlanda recurrió ante el Tribunal de Primera Instancia que terminó fallando contra el segundo acuerdo al considerar que éste constituía "un incremento de las aportaciones económicas" de la Diputación a European Ferrys. El Trubunal resolvió que el nuevo arreglo, aunque disminuía el precio de cada bono de viaje aumentaba considerablemente el número de bonos que adquiriría el organismo público, por lo que, en el fondo, suponía un incremento de las aportaciones económicas.

Esta sentencia fue recurrida por la Diputación y European Ferrys, y este recurso de casación es el que el abogado general ha recomendado desestimar.

La opinión del abogado general no vincula al Tribunal de Justicia, pues su función consiste en proponerle, con absoluta independencia, una solución jurídica al asunto del que se ocupa. Los jueces comenzarán ahora sus deliberaciones sobre este asunto y la sentencia se dictará en un momento posterior.