Economía.- El Gobierno podrá vetar fusiones de empresas españolas y extracomunitarias por razones de interés público

Actualizado: viernes, 30 mayo 2014 17:00

El nuevo Código Mercantil permitirá la liquidación de sociedades sin la necesidad de recurrir al concurso de acreedores

MADRID, 30 May. (EUROPA PRESS) -

El nuevo Código Mercantil, cuyo anteproyecto de Ley ha sido aprobado hoy por el Consejo de Ministros, recoge la posibilidad de el que Gobierno se oponga o imponga condiciones "por razones de interés público" a las fusiones transfonterizas entre una empresa española y otra extracomunitaria, según han informado en fuentes del Ministerio de Justicia y del Ministerio de Economía.

"Las normas legales que permitan al Gobierno español o a otras autoridades administrativas competentes oponerse o imponer condiciones por razones de interés público a una fusión interna, serán también de aplicación a las fusiones transfronterizas en las que, al menos, una de las sociedades que se fusionan esté sujeta a la ley española y la nueva sociedad vaya a tener o la sociedad absorbente tenga su domicilio en otro Estado que no sea miembro de la Unión Europea", recoge el anteproyecto.

Bajo los mismos supuestos, el Gobierno además podrá oponerse o condicionar el traslado del domicilio de una sociedad española fuera del territorio de la Unión Europea.

Sin embargo, las fuentes han aclarado que este artículo del futuro Código Mercantil proviene de una directiva europea y lo han desvinculado de la conocida como 'acción de oro'.

El nuevo código también permitirá la liquidación de sociedades sin la necesidad de recurrir al concurso de acreedores, siempre y cuando sean situaciones "evidentes", es decir, en el caso en el que las sociedades no cuenten con activos o bienes.

El código incluye también las novedades del proyecto de Ley para la mejora del gobierno corporativo de las empresas aprobada por el Consejo de Ministros del pasado 23 de mayo. El Ejecutivo espera que esta Ley se apruebe definitivamente a finales de este año, para después ser derogada tras la entrada en vigor del nuevo Código Mercantil.

En cuanto a la no inclusión de los contratos de distribución o turísticos en el nuevo código, las fuentes lo han atribuido a criterios de "prudencia". Además, el Gobierno no prevé la inclusión del contrato de distribución a lo largo de esta Legislatura, a pesar de que el código estará sujeto a actualizaciones "continuas".

APROBACIÓN DEFINITIVA EN EL VERANO DE 2015.

El Gobierno espera aprobar definitivamente la reforma del Código Mercantil en junio o julio de 2015, una vez que se inicie su tramitación parlamentaria en los primeros días del próximo mes de octubre.

A partir de la próxima semana el texto aprobado por el Consejo de Ministros de este viernes se remitirá a los distintos organismos competentes, como el Consejo General del Poder Judicial, el Consejo Económico y Social y la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia.

El nuevo Código Mercantil se dirigirá a empresarios y operadores del mercado y persigue garantizar la unidad de mercado, con el fin de favorecer la confianza y así incentivar la inversión, según han incidido las fuentes.

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