Economía.- Justicia europea rechaza recurso español contra método químico de detección de biotoxinas en moluscos

Actualizado: miércoles, 11 febrero 2015 11:12


BRUSELAS, 11 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal General de la Unión Europea ha rechazado este miércoles el recurso de España contra la implantación del método químico de detección de biotoxinas marinas en moluscos bivalvos en lugar del método biológico. El fallo señala que el método químico protege más adecuadamente la salud de los consumidores y permite además reducir el número de ensayos con animales.

Con arreglo a la normativa de la UE, entre 2005 y 2011 el método oficial de detección de biotoxinas era el biológico, que conllevaba la utilización de ratones para efectuar los análisis. Tras un dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA, por sus siglas en inglés), en 2011 Bruselas introdujo el método químico, aunque autorizó un periodo transitorio hasta el 31 de diciembre de 2014.

España -en nombre de Galicia, que es una de las principales regiones productoras de moluscos bivalvos de Europa y del mundo- recurrió este cambio alegando que Bruselas infringió los Tratados, en particular los principios de proporcionalidad y de confianza legítima. España alega que la sustitución del método biológico por el método químico como método de referencia ocasiona un grave perjuicio a la protección de la salud pública y afecta considerablemente a los productores gallegos.

En su sentencia de este miércoles, el Tribunal General destaca que "a la luz de las apreciaciones científicas de la EFSA, mantener el método biológico habría constituido un riesgo para la salud pública". Sostiene además que la Comisión "no actuó de manera precipitada, ya que el método químico fue validado tras un estudio realizado por los Estados miembros y coordinado por el laboratorio de referencia de la Unión Europea para las biotoxinas marinas".

El fallo señala también que "España no ha demostrado que la decisión de sustituir el método biológico por el método químico como método de referencia para las biotoxinas conocidas haya ocasionado un riesgo para la salud pública" ni que "sea menos fiable que el método biológico".

El Tribunal General declara que "no se vulneró el principio de proporcionalidad, ya que no cabe considerar que el sobrecoste alegado por España, debido a la utilización del método químico, sea desproporcionado con respecto al objetivo de protección de la salud de los consumidores de moluscos bivalvos".

"Por un lado, el método biológico no permite detectar de manera suficientemente fiable determinados tipos de toxinas y, por otro, España no ha demostrado haber tenido en cuenta la reducción de costes que el método químico puede entrañar para los operadores del sector como consecuencia de la mayor fiabilidad respecto de las toxinas conocidas", dice el fallo.