Economía/Pesca.- MAPA establece un plan de pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral surmediterráneo

Actualizado: jueves, 19 octubre 2006 14:33

MADRID, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha aprobado una Orden, que próximamente recogerá el Boletín Oficial del Estado (BOE), por la que se establece un plan de pesca de arrastre de fondo en determinadas zonas del litoral surmediterráneo.

El MAPA ha suscrito una Orden ministerial que incrementa tres horas por día la pesca de arrastre de fondo en las zonas profundas al sur del paralelo de 36º 35,0' norte y en el interior de la zona comprendida entre los meridianos de 002º 06,0' Oeste y 002º 56,0' Oeste.

A partir de ahora, en lo relativo al ejercicio de la pesca de arrastre de fondo en el surmediterráneo, el periodo de cada buque autorizado será de cinco días por semana y 15 horas por día en la mar. Además se prohíbe faenar en fondos inferiores a 150 metros.

Dicha Orden será de aplicación a los buques españoles dados de alta en el censo de la flota pesquera operativa, censados en la modalidad de arrastre de fondo del Mediterráneo, con base en puertos del caladero Mediterráneo a los que se halla reconocido, en alguna ocasión, el derecho a faenar en la zona afectada por este plan de pesca. Además establece que el número de buques autorizados para faenar simultáneamente en la zona del plan de pesca no podrá exceder de 25.

En la aprobación del plan de pesca se ha consultado a la Comunidad Autónoma de Andalucía y al sector pesquero afectado, tras el informe del Instituto Español de Oceanografía. También se ha cumplido el trámite de comunicación del proyecto a la Comisión Europea.

El MAPA tiene facultad para regular planes de pesca, con normativa específica y establecer vedas y fondos justificados por el estado de los recursos, todo ello de conformidad con el informe previo del Instituto Español de Oceanografía, según el Real Decreto que regula el ejercicio de la pesca con artes de arrastre de fondo en el caladero del Mediterráneo.

Dicho Real Decreto establecía un periodo autorizado para ejercer la pesca de arrastre de fondo para cada buque de cinco días por semana y 12 horas por día en la mar, pero se ha considerado necesario ampliar dicho periodo a tres horas más por día, según el último informe del Instituto Español de Oceanografía.