Economía.- El plan de liquidación de Fagor Electrodomésticos y Edesa contempla la venta de activos en tres bloques

Actualizado: viernes, 11 abril 2014 13:03

Afirma que sus objetivos son la reanudación de la actividad industrial "con la mayor conservación posible de puestos de trabajo"

SAN SEBASTIÁN, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Plan de Liquidación de Fagor Electrodomésticos (FED) y Edesa presentado por la Administración Concursal de ambas sociedades divide sus activos en tres bloques, los afectos a la Unidad Productiva FED/Edesa o sus sub-unidades productivas (Línea Blanca, Minidomésticos y Confort), los activos no afectos de FED y los activos no afectos de Edesa y, además, incluye un proceso que garantice "la seriedad y solvencia" de los oferentes, incluyendo depósitos.

En un comunicado, la Administración Concursal de Fagor Electrodomésticos, integrada por dos administradores concursales, Eveac- Crowe Horwath-Sayma AIE y Banco Popular, y de Edesa, integrada por un único administrador concursal, Eveac-Crowe Horwath-Sayma AIE, han explicado que este Plan, presentado este pasado jueves ante el Juzgado de lo Mercantil número 1 de San Sebastián, se rige por los principios de "economía procesal, concurrencia, transparencia y máxima agilidad posible".

Además, sus "principales objetivos" son "la reanudación de la actividad industrial, con la mayor conservación posible de puestos de trabajo y del tejido industrial, la obtención de planes industriales que reflejen la mayor probabilidad de éxito de los oferentes y la protección del interés del concurso, mediante la obtención del mayor importe dinerario posible para la satisfacción de las deudas con los acreedores de las concursadas".

En cuanto a la venta de los activos, las mismas fuentes han indicado que se ha dividido el activo de Fagor Electrodomésticos y Edesa en tres bloques, los afectos a la Unidad Productiva FED/Edesa o sus diversas sub-unidades Productivas (Línea Blanca, Minidomésticos y Confort), los activos no afectos de FED y los activos no afectos de Edesa.

El plan de liquidación contempla que las fases del proceso de venta de los activos se iniciarán por la recepción de ofertas por la venta global de las empresas (Fase I) y por la venta por unidades productivas (Fase II), durante un plazo común desde la aprobación del Plan de Liquidación por el Juzgado de lo Mercantil.

Transcurrido ese plazo común de 25 días y una vez terminadas las dos fases comenzarán las siguientes para la venta de los activos no afectos tanto de FED como de Edesa, así como por los activos cuya enajenación hubiera quedado desierta tras el proceso de las dos primeras fases.

Esta fases posteriores contemplan, a su vez, la venta directa a terceros, la venta atomizada a terceros (ambas con posibilidades de mejoras sobre las ofertas inicialmente seleccionadas) y el eventual achatarramiento de bienes por los que no se hubiera presentado interesado alguno.

"SERIEDAD Y SOLVENCIA"

En cuanto a la venta global de FED o Edesa, o de las diversas unidades productivas, las Administraciones concursales prevén un proceso que garantice "la seriedad y solvencia" de los oferentes, incluyendo depósitos para la participación en el proceso, que serán devueltos a los interesados que no resulten adjudicatarios, la valoración por su parte de las ofertas y la selección inicial de "la mejor oferta recibida".

También se prevé la apertura de un período de licitación o presentación de mejoras ante el Juzgado respecto a la oferta preseleccionada y, finalmente, un eventual proceso de doble subasta adicional, hasta la adjudicación eventual de la Unidad de Producción global o de las diversas Unidades de Producción parciales.

En cuanto al informe de valoración por la Administración Concursal de las ofertas que pudieran presentar los inversores interesados por la Unidad Empresarial global Fagor Electrodomésticos/Edesa o por las diversas unidades de producción se analizarán diversas variables.

Entre ellas están el precio y forma de pago de las diversas ofertas, el nivel de empleo que se proponga en cada oferta, la solvencia del potencial adquirente, el proyecto industrial presentado, el apoyo de los trabajadores a las ofertas, los acuerdos con los propietarios de activos con cargas y/o con acreedores privilegiados sobre bienes esenciales para la actividad, así como la obtención de sinergias con otras empresas del territorio.

Tras la presentación de este plan de liquidación el Juzgado tiene que darle el trámite legal correspondiente para que los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación al mismo durante un plazo de quince días hábiles. Una vez transcurrido ese periodo el mediante resolución judicial se aprobará el plan de liquidación.