Economía/Transportes.-La puntualidad de los vuelos y problemas con el equipaje copan las quejas en aeropuertos españoles

Actualizado: miércoles, 21 junio 2006 20:10

MADRID, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

La puntualidad de los vuelos --retrasos, pérdidas de conexión y cancelaciones-- copa, junto a las demoras, pérdidas y deterioros en el manejo de equipajes, el mayor número de reclamaciones en los aeropuertos españoles, según la Asociación de Usuarios de Servicios Financieros (Ausbanc).

El retraso o la falta de puntualidad de un vuelo, la demora en la entrega, pérdida o deterioro del equipaje o el problema del 'overbooking' --denegación de embarque-- "tienen cabida y amparo" en las reclamaciones que "todos y cada uno de los usuarios" de compañías aéreas y servicios aeroportuarios tienen derecho a interponer cuando sus intereses se ven perjudicados por alguno de estos u otros factores, subraya la asociación.

Además, indica que una parte importante de las quejas proceden de la atención personal recibida, los billetes y tarifas, así como los servicios y procesos prestados en vuelo y en las propias instalaciones aeroportuarias.

Para tratar de paliar, en la medida de lo posible, los daños y perjuicios ocasionados a los clientes y consumidores con estos contratiempos, la Unión Europea introdujo, en febrero de 2005, un nuevo Reglamento Comunitario que potencia los derechos de los pasajeros aéreos. Algunas de las medidas contempladas en el texto pasan por aumentar las compensaciones por overbooking y extender, por primera vez, las indemnizaciones a los casos de cancelaciones y/o retrasos de vuelos.

Según Ausbanc, la nueva legislación establece en caso de que se produzca un retraso, el usuario tiene derecho a percibir una indemnización por parte de la aerolínea, siempre que disponga de una reserva confirmada en el vuelo, del billete (impreso o electrónico) y haya cumplido con todos los plazos indicados en facturación, puertas de embarque, etc.

Si un cliente se viera afectado por 'overbooking' la compañía deberá indemnizar económicamente al pasajero si a éste se le deniega el embarque. La aerolínea deberá pedir que se presenten voluntarios dispuestos a renunciar a sus reservas a cambio de una contraprestación (250, 400 y 600 euros, dependiendo de la distancia del trayecto).

Para el caso de las cancelaciones, si el motivo de la anulación depende de la aerolínea, los viajeros deben ser indemnizados con los mismos criterios que aquellos afectados por overbooking, a no ser que la compañía haya avisado con, al menos, 15 días de antelación o haya proporcionado vuelos alternativos con horarios similares. Si esa cancelación genera un retraso de cinco horas o más, el afectado tiene derecho a que se le devuelva el precio del billete o se le proponga un vuelo alternativo.