El Gobierno aprueba la estructura orgánica y competencias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

El ministro de Agricultura, Luis Planas, en una imagen de archivo.
El ministro de Agricultura, Luis Planas, en una imagen de archivo. - MARTA FERNÁNDEZ JARA/EUROPA PRESS
Publicado: martes, 3 marzo 2020 14:41

MADRID, 3 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto por el que se aprueba la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el que se detalla la organización, competencias y unidades del departamento.

Entre las modificaciones destacan los cambios producidos en la denominación de algunas direcciones generales como la Dirección General de Recursos Pesqueros que pasa a denominarse Dirección General de Pesca Sostenible, con el fin de recalcar el compromiso con la sostenibilidad del sector pesquero español, en consonancia con los principios de la Política Pesquera Común (PPC) y de los acuerdos y organizaciones internacionales sobre océanos.

Asimismo, la Dirección General de Servicios cambia su denominación por Dirección General de Servicios e Inspección ya que incorpora a sus competencias las propias de la Inspección de los Servicios, con el fin de que todos los servicios del Ministerio de carácter interno tengan una única dependencia.

La Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Politica Forestal, por su parte, pasa a denominarse Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria. Se añade la Formación Agroalimentaria y supone la adaptación a la actual distribución competencial entre departamentos ministeriales, en particular, con la desaparición de la Subdirección General de Política Forestal, competencia que ha pasado al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Se introducen también modificaciones en varias subdirecciones generales dependientes de las Secretarías Generales de Agricultura y Alimentación y de Pesca.

Así, en la estructura básica del Departamento y como órganos directivos dependientes del Ministro se encuentran la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, la Secretaría General de Pesca y la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación.

SECRETARÍA GENERAL DE AGRICULTURA Y ALIMENTACIÓN

La Secretaría General de Agricultura y Alimentación es, bajo la dependencia del Ministro, el órgano directivo del Ministerio directamente responsable de la Política Agrícola Común (PAC), la política de desarrollo rural, la política de regadíos y el desarrollo y coordinación de las relaciones multilaterales en el marco de las políticas agroalimentarias, la innovación en el sector agrario, alimentario y en el medio rural, y el sistema alimentario.

También le corresponde la definición, propuesta y ejecución de las políticas del Ministerio referentes a industrias y mercados alimentarios, recursos agrícolas y ganaderos, sanidad animal y vegetal, acuerdos sanitarios y fitosanitarios con terceros países, desarrollo rural e innovación y relaciones bilaterales y multilaterales en materia agroalimentaria.

Igualmente forman parte de sus atribuciones las funciones del Ministerio en materia de producciones y mercados agrícolas, ganaderos, concentración de la oferta, sanidad animal y vegetal, así como la planificación, dirección y coordinación de las políticas activas del Departamento en materia de innovación, desarrollo rural, industrias y mercados alimentarios.

También dependerá de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación la determinación de los criterios que permitan establecer la posición española ante la Unión Europea y en los acuerdos de ésta con terceros países que tengan contenido agrario y alimentario, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales.

A ellos se suman las relaciones institucionales con las organizaciones profesionales y otras entidades representativas de los sectores agrario y alimentario, sin perjuicio de las competencias de la Subsecretaría del Departamento, y la determinación de los criterios que permitan establecer la posición española ante la Unión Europea y otras organizaciones y foros internacionales en las materias competencia de la Secretaría General, asi como la competencia en la promoción de estudios y campañas publicitarias sectoriales.

A esta Secretaría General también le corresponde la tutela funcional de las sociedades mercantiles estatales Mercasa y Cetarsa, así como la coordinación de las relaciones institucionales y la actuación del Departamento en relación con éstas.

SECRETARÍA GENERAL DE PESCA

Por otro lado, corresponden a la Secretaría General de Pesca las competencias sobre planificación y ejecución de la política en materia de pesca marítima en aguas exteriores y acuicultura, de ordenación básica del sector pesquero, la gestión y la coordinación de los fondos comunitarios destinados a la pesca y la acuicultura, de bases de la comercialización y transformación de los productos pesqueros, y la participación en la planificación de la política de investigación en materia de pesca y acuicultura.

También le corresponden las relaciones institucionales con las organizaciones profesionales y otras entidades representativas de interés en el sector pesquero, sin perjuicio de las competencias de la Subsecretaría del Departamento.

Asimismo, ejercerá las funciones relativas a los acuerdos pesqueros de la Unión Europea con terceros países, las derivadas de la participación del Reino de España, por sí o en el seno de la delegación de la Unión Europea, en organizaciones internacionales de pesca y la cooperación internacional en asuntos pesqueros y acuícolas en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.